Wednesday, September 29, 2010




JOSÉ VILLANUEVA Y ARÉVALO

MINISTRO DEL CONSEJO DE CASTILLA

Marcos Mayorga Noval

INTRODUCIÓN
De la Historia del siglo XIX español y de sus protagonistas queda mucho por descubrir. No es la primera vez que en mis estudios he leído nombres de personajes de los que nada se ha escrito y tan solo, figuran en documentos de referencia en los libros, bien porque sirvieron como testigos de algún determinado evento relevante o simplemente porque coincidieron en el tiempo con otros renombrados por todos conocidos, permanecen en el anonimato.
Este es el caso de uno de estos personajes que a pesar de su preparación, de su brillante carrera como Magistrado y tener cargos relevantes de la Corona, siendo ministro del la Reina Gobernadora María Cristina y autoridad relevante al haber sido nombrado Alcalde Mayor de una de las provincias de las Islas Filipinas, Misamis en tiempos de Isabel II, a penas se conoce algún retazo de su vida.
El pueblo granadino de Güejar Sierra, guarda en la sala principal de la vivienda de una de sus vecinas, la pintura de un personaje que perpetuaba su estampa y nombre entre los güejareños, con la leyenda en la parte inferior de la pintura. A decir de Dª Antonia Pérez Moreno, viuda de D. Rafael Rodriguez Cantos fallecido veinte años atrás Rafael Rodríguez Cantos natural de Palma del Río, su suegra era una de sus descendientes, sin saber a ciencia cuales fueron los caminos que recorrió esta pintura hasta llegar hasta ocupar el lugar de su casa. Con estos datos iniciales junto a su nombre y autoridad que la pintura anunciaba, comencé mi investigación.
Para confeccionar este trabajo he consultado en Archivo Histórico Nacional, Archivo de Protocolos, Archivo histórico de Asuntos Exteriores, Archivo Instituto de Cooperación Internacional, Biblioteca de la Armada, Archivo General de Palacio, Real Academia de la Historia, Archivo General Militar de Madrid, Archivo Real Chancillería de Valladolid, Archivo Histórico del Banco de España, Archivo Histórico de la Villa de Madrid, Archivo Histórico del Consejo de Estado, BOE, Archivo Histórico de Barcelona, Biblioteca Municipal de Sevilla, así como en Internet, a través de los portales de PARES y CCPB. También he cursado emails a distintos archivos históricos de organismos oficiales tanto de España como de Cuba y Filipinas que de algún modo
tuvieron relación con nuestro biografiado. He recavado datos en distintas Reales Sociedades Económicas del País, en la de Sevilla, Bascongada (sic), Filipinas y Madrid, así como he rastreado su paso por Madrid en los padrones de la Villa, tratando de averiguar su descendencia, pero el resultado ha sido infructuoso.
A medida que iba adquiriendo datos, pude comprobar la escasa documentación que de él se ha conservado. Con esta biografía se saca a la luz su impronta histórica, en aquellos agitados 70 años del Siglo XIX. Su nombre, no figura en la Enciclopedia Universal Ilustrada Europeo Americana de Espasa Calpe, en la Historia d España de Ramón Menéndez Pidal, ni en la Gran Enciclopedia Catalana, donde sin duda, debía figurar por derecho propio y motivos que paso a relatar.


"EXCMO. E ILMO. SÑR. D. JOSÉ DE VILLANUEVA Y ARÉVALO,
MINISTRO QUÉ FUE DEL EXTINGUIDO CONSEJO DE CASTILLA DEL SUPREMO TRAL DE ESPAÑA E INDIAS
.”


CAPITULO I.- Linaje, orígenes y la etapa universitaria.

D. José Villanueva y Arévalo, nació en Cartagena de Indias, el 19 de septiembre de 1781, siendo bautizado en la Iglesia Catedral el 23 del mismo mes, con los nombres de Josef Francisco Xavier Antonio de las Mercedes. Fueron sus padres D. Pedro Tomas de Villanueva y Berrueco y Dª Juana Paula Arévalo y Vera los cuales tuvieron otros hijos, pues en noviembre de 1801 deseando José Villanueva “graduarse antes para restituirse a su casa y poder ayudar a sus muchos hermanos y especialmente a sus Padres, ancianos quienes con motivo de las guerras han experimentado barios atrasos a través de cuia razón se halla escaso de medios para su subsistencia en aquella ciudad...” 1
Fueron sus Abuelos Paternos: D. Josef de Villanueva Bustillo, natural de Gordejuela, Encartación del Señorío de Vizcaya y Dª Toribia Berrueco Samaniego. Los abuelos maternos: el Mariscal de Campo Ingeniero Director de las Fortificaciones de la Plaza de Cartagena en el siglo XVIII, D. Antonio Arévalo y Esteban, nacido en el pueblo de Ávila, Martín Muñoz, España, hacia 1715, falleció el 9 de abril de 1800, a los 85 años en Cartagena de Indias, donde estuvo cincuenta años de servicio, llegando a ser Teniente General de los Ejércitos de S.M., hijo a su vez de Don Manuel de Arévalo y del Río, natural de la villa de Arévalo y de Doña Manuela Esteban y Montes, natural del mismo lugar, y Dª Maria Teresa de Vera y Gaviria, natural de Cartagena de Indias, hija de Diego Domingo de Vera González natural de Cuenca, España y de Manuela Gaviria, natural de Cartgena de Indias.


Los abuelos paternos se dedicaron al comercio y se asentaron en Veracruz, haciendo transacciones entre este puerto y la Península en el puerto de Cádiz, a la par ejercieron cierto control administrativo municipal en el Ayuntamiento de Xalapa. Felipe de Villanueva y Larraondo, que residía en Cádiz en 1729, embarca en este puerto el 5 de agosto como cargador tan sólo contando 18 años, y desembarcar en Caracas con el fin de “ pasar a cobro a diferentes mercancías que de su cuenta tiene cargadas”. 2
Su linaje por vía de varón procede del lugar de Gordejuela, pueblo de Vizcaya de la comarca de las Encartaciones. Martín Villanueva en el siglo XVI, casó con Juana de Mendibil, a una hija la dieron el nombre de Francisca de Villanueva y Mendibil. En 1588, Domingo de Villanueva, según el padrón municipal de Gordexola era dueño de la llamada Torre de Zubiete. En el año 1606, en ella contrajeron matrimonio María de Villanueva Urtusaustegui, hija de Domingo y Ursula, y Sancho de Palacio Urtusuastegui que fueron los que construyeron el palacio adosado a la torre de Zubiete, cuya hija Ursula casó con Pedro González de Urtusaustegui.
Del expediente nº. 2635, aprobado en 22 de diciembre de 1772 de ingreso en la Real Orden de Carlos III, sabemos que de Gordejuela era Domingo Villanueva y Larraondo - de Santa Marína y Villamonte bautizado el 22 de julio de 1719. Canónigo de la catedral de Cádiz. Teniente Vicario General de los reales Ejércitos de Mar y Tierra. Caballero de la Real Orden de Carlos III por decreto de 2 de septiembre de 1772. Fueron sus padres: Antonio de Villanueva y Santa Marina, vizcaíno originario natural de Gordejuela y Josefa Larraondo y Villamonte natural de Gueües. (hija de José de Larraondo y Tomasa de Villamonte). Abuelo paterno: Felipe de Villanueva y García de Rodaiga, bautizado en la parroquia de San Juan del Molinar de Gordejuela el 28 de Abril de 1662, donde fue Mayordomo en 1689. Regidor en 1697 y 1699 y Alcalde en 1713. Contrajo matrimonio en Gordejuela el 1 de Junio de 1687 con Catalina Santa Marina y Castaños, bautizada en San Juan del Molinar el 28 de Noviembre de 1686 (hija de José de Santa Marina, bautizado en San Juan del Molinar el 7 de Marzo de 1638, y de Catalina Castaños). Bisabuelo paterno fue Antonio de Villanueva y Aspura, bautizado en la parroquia de San Juan del Molinar de Gordejuela el 26 de Enero de 1625 que casó en Gordejuela con Josefa García de Rodaiga y Lanzagorta, bautizada en San Juan del Molinar el 20 de agosto de 1618 (hija de Cosme García de Rodaiga y de María Lanzagorta. Fue su segundo bisabuelo paterno Pedro de Villanueva natural de Molinar y María Aspura.
También de la casa solar del Valle de Gordejuela fue Domingo de Villanueva, que contrajo matrimonio con Francisca de Berascola. De esta unión nació: Miguel de Villanueva y Berascola que casó con Catalina Villanueva y Bárcena (hija de Pedro de Villanueva y de Catalina de Bárcena). Fueron los padres de Miguel de Villanueva y Villanueva, bautizado en Gordejuela el 24 de Noviembre de 1624, casando con Asensia Adaño Presa.
De este matrimonio nació: Juan de Villanueva y Adaño, bautizado en Gordejuela el 17 de Marzo de 1658, donde casó con Ángela de Izaguirre y Madariaga (hija de Simón de Izaguirre y de María de Madariaga). Fueron los padres de José de Villanueva e Izaguirre, bautizado en Gordejuela el13 de Diciembre de 1681, contrayendo matrimonio con Antonia de Villar y de la Torre (hija de Pedro de Villar y de Francisca de la Torre). Un Josef de Villanueva aparece como Alcalde de la Santa Hermandad en 23 de agosto de 1671del sector de Azcoitia, cuando se solicitaba el derecho a sitio como tal en la iglesia de santa María de San Sebastian.3
Fue su hijo José de Villanueva y Villar, bautizado en Gordejuela el 5 de Mayo de 1709, que casó con Ana María de Llano y Valle, natural de Arceniega en Álava ( hija de Esteban de Llano y de María Antonia del Valle. Fueron los padres de Manuel Prudencio de Villanueva y Llano, nacido en Arceniega el 26 de abril de 1756, y residente en Valmaseda, quien obtuvo reconocimiento de su nobleza en la Villa de Bilbao en 8 de Noviembre de 1827.
De los Villanueva de Cartagena de Indias, Pedro Tomás de Villanueva y Berrueco Samaniego, nacido en esta ciudad, era hijo, como ya hemos dicho, de Don José de Villanueva y Bustillo y de Doña Toribia, esta natural de la villa de Santa Cruz Mompox. Fue Don Pedro Alcalde Ordinario en 1787, Alguacil Mayor y Alcalde de Cartagena de Indias en 1799. En 1795, Secretario del santo Oficio de la Inquisición con entrada y ejercicio en el Secreto e individuo del comercio de Cartagena de Indias. Juana Paula, su madre, era natural también de Cartagena de Indias.
Hijos de Pedro y Toribia y por tanto hermanos de José de Villanueva y Arévalo, de los que fue, el benjamín de esta familia, fueron:
1.- Don Manuel Dionisio Josef Francisco Xavier de Villanueva y Arévalo, nacido en Cartagena de Indias el 18 de octubre de 1788, y bautizado en la Parroquia de la Catedral el 19 de octubre de 1788. Fueron sus padrinos: sus abuelos maternos Don Antonio de Arévalo y Esteban y Doña María Teresa de Vera.
2.- Don Pedro José de Villanueva y Arévalo, nacido en Cartagena de Indias en 1789. Casado con Doña María Encarnación Polo y Rodriguez, natural de Villanueva y vecina de Cartagena; nacida en 1799, hija de Don Lorenzo Polo y de Doña María Leona Rodriguez. De esta unión nacieron: A) Doña María de Jesús Francisca Javiera de Villanueva y Polo, en Cartagena de Indias y bautizada en la Parroquia de la Catedral en 28 de febrero de 1830. fueron Padrinos: Don Fernando de Pombo y su esposa Doña Josefa Latoison de Pombo. B) Don Pedro Tomás Francisco javier de Villanueva y Polo, nacido en Cartagena el 16 de septiembre de 1835 y bautizado en la Parroquia de la Catedral el 8 de Enero de 1836. fueron Padrinos: Don Antonio Miranda y Doña María de Jesús Villanueva. C) Don Juan Martín Francisco Javier de Villanueva y Polo, nacido en Cartagena el 10 de Noviembre de 1839. Fueron Padrinos: Don Antonio Miranda y Doña María de Jesús Villanueva.
3.- Don Juan Josef Francisco Javier Villanueva y Arévalo, nacido el 8 de julio de 1790, y bautizado en la Parroquia de la Catedral el 12 de Julio de 1790. Fueron padrinos: Don Antonio de Arévalo y Esteban, Teniente general e Ingeniero Director de los Reales ejércitos. Don Juan Josef dejó una fortuna de mas de un millón y medio. (ver Urueta, Libro V, folio 184). Casó con Doña Francisca Antonia Cañarete. De esta unión nacieron: A) Doña Candelaria de Villanueva y Cañarete, nacida en Cartagena y donde casó con Don Miguel Ambrosio de Bustos en la Parroquia de la Catedral, el 4 de Abril de 1824, hijo de Don Juan de Bustos y Roldán, español, y de Doña Lucía Gómez Macías, natural del pueblo de Turbaco. Don Miguel Ambrosio nació en Cartagena el 7 de Diciembre de 1796. Con descendencia. B) Doña María Salvadora de Villanueva y Cañarete, nacida en Cartagena, Casó en la misma ciudad con Don Juan de Pasco, hijo de Don José de Pasco y de Doña Ana Petrona. Con descendencia.
4.- Doña María Teresa Josefa Baviera Villanueva y Arévalo, nació en Cartagena de Indias el 10 de Junio de 1793. Fueron padrinos el teniente general Ingeniero Militar Director de Fortificaciones de la Plaza de Cartagena, Don Antonio de Arévalo y Esteban y Doña María Josefa Fernandez Moure y Berrueco. Fue bautizada por Fray José María Pontón.
5.- Don Toribio Josef Ciriaco Francisco Javier Villanueva y Arévalo, nacido en Cartagena de Indias el 18 de Junio de 1795 y bautizado en la Parroquia de la Catedral el 24 de Junio de 1795:Fuero padrinos: El Excmo. Sr. Antonio de Arévalo Mariscal de campo, su abuelo y su tía Doña María Josefa Fernández Moure y Berrueco.
6.- Don Antonio Villanueva y Arévalo, nacido en Cartagena. de Indias.
7.- Doña Dolores Villanueva y de Arévalo, nacida en Cartagena de Indias.
8.-Doña Teresa Villanueva y de Arévalo, nacido en Cartagena de Indias.
9.- Doña Francisca Javiera Villanueva y Arévalo, nacida en Cartagena de Indias. Casó en la misma ciudad con Don Manuel Carazo y Pomares, hijo de Don Juan Antonilo Carazo y Peña, natural de Zaldua, Castilla la Vieja y de Doña Sebastiana Pomares natural de la isla de león, España. Con descendencia.
10.- Don Sebastián José Javier Villanueva y Arévalo, nacido en Cartagena el 19 de Enero de 1799, y bautizado en la Parroquia de la Catedral el 25 de Enero de 1799. Padrinos: el Mariscal de campo de los Reales ejércitos Don Antonio de Arévalo y Doña María Josefa Fernandez Moure y Berrueco, su tía.
Aún haber pertenecido a los Villanueva, la torre palacio de Zubiete en Gordejuela, luce las armas de Palacios y Urtusuastegui, apellidos vinculados por parentesco directo. Entre los expertos en heráldica no hay un criterio unificado con respecto a las Armas que traían los Villanueva de Gordejuela. Los del Valle de Gordejuela, originarios de la casa de los de Oviedo, según Miguel de Salazar, traen por Armas: escudo partido. 1º.- En campo de azur, una banda, acompañada de cuatro panelas de plata puestas en faja, dos en jefe y dos en punta, y 2º.- En campo de gules, un castillo de plata, y a su puerta abierta un hombre armado, puesto de frente. Para G. Garraffa, en su obra “El Solar Vasco Navarro” T. VI: las Armas de Villanueva de Tierra Cixa y Gordejuela son: 1º y 4º de gules, con galgo de plata; 2º y 3º de oro con un pájaro en sable. Los de Vizcaya: de gules una villa murada de plata. Divisa Ave María.
José de Villanueva y Arévalo, estudio abogacía en la Universidad de Alcalá, así lo atestigua el dossier o expediente abierto para que se le conmutasen dos años de práctica por el Derecho patrio que le faltaba, declarando tener los diez años de estudio para el ejercicio de abogado.
“Como regente que soy de la Cathedra de Derecho Patrio en esta Real Universidad. Certifico y en caso necesario juro que el Doctor Dn. José Villanueva y Arévalo., natural de Cartagena de Indias Diócesis ejurdem, ha asistido con aprovechamiento y ganado el Curso que principió en diez y ocho de Octubre del año pasado de mil ochocientos y cuatro y finaliza en veinte y quatro de Junio del de la fecha; y para que conste doy esta que es mi firma en Alcalá de Henares a 1º de Junio de mil ochocientos cinco. Firma: Dor. Dn. Damian Alcocer.”

"Licenciado Dn. Andrés Retamar y García, Abogado de los Rls. Consejos y titular de la Ciudad de Alcalá de Henares con estudio abierto en ella.
Certifico y juro caso necesario que el Doctor Dn. José Villanueva y Arévalo, natural de la ciudad de Cartagena de Indias Diócesis ejurdem, ha asistido a este mi estudio con puntualidad y aprovechamiento en la jurisprudencia práctica desde doce de junio de 1800 hasta fines de agosto de 1802 y para que conste doy la presente que firmo en la referida Ciudad a diez y ocho de septiembre de 1805. Firma: Lic. Dn. Andres Retamar y Garcia.”
En Junio de 1804 era graduado Doctor en la Real Universidad de Alcalá de Henares. En 1807 tomaba razón de la validación hecha, como consta igualmente en este expediente.
“ Por Carta de pago dada en 27 de Marzo último [..] consta haber recibido de Dn. José Villanueva y Arévalo Doctor en la facultad de Cánones por la Universidad de Alcalá Dos mil doscientos cinquenta mrs [..] por habérsele concedido licencia para exercer la Abogacía en la forma ordinaria, y para que conste doy esta certificación en Madrid a catorce de Abril de 1807. Por Ocupación del Contador General. Firma: Manuel Alvarez Saleces.4
En el Libro de Actos y Grados y Posesiones de Cátedras de la Universidad de Alcalá, en los asientos correspondiente a la facultad de Cánones, al folio 100 figura en latín, su licenciatura en el Grado de Doctor. 5
Por el “Calendario Manual y Guía de Forasteros de Madrid”, podemos seguir parte de su trayectoria profesional y así en 1808, se encontraba como Ministro del Crimen en la Real Audiencia de Cataluña con residencia en Barcelona, en los inicios de la invasión francesa.
CAPITULO II.- Actitud heroica frente a los franceses
Desde el mismo momento que inicié mis investigaciones comencé a saber que aquel hombre había sido un hombre de palabra. Y digo esto porque, en los primeros tiempos de aquella invasión, su comportamiento como español fue ejemplar, respondiendo con dignidad en aquellos momentos críticos.
Este capítulo de su historia, en los albores de la invasión francesa, merece por tanto un trato especial, en el momento que .Jose Villanueva y Arévalo formaba parte de aquella Audiencia, en calidad de alcalde del crimen y de la Junta formada posteriormente. El francés Duhesme, entraba en la ciudad condal en 13 de febrero de 1808 al mando de una División del ejército de Napoleón. La Audiencia de Cataluña estaba formada a la sazón por el regente D. Francisco Javier de Olea y Carrasco, por los Oidores Jaime Álvarez de Mendieta, Andrés López de Frías, José María Vaca de Guzmán, Antonio Francisco de Tudó, José Soler del Olmo, Manuel Epifanio de Fortuny, Manuel de Marchamalo, José María Fernandez de Córdoba, Jose Francisco Masdevll y Pedro Pablo Beltrán, mas diez alcaldes del crimen, Isidro Lasauca, Domingo Dueñas y Castro, Jose Joaquin de Ortíz y Galvez y José Villanueva y Arévalo. José de Medinabeytia era el fiscal de lo civil y Manuel Gutierrez del Bustillo de lo criminal.
Barcelona fue sometida y la situación de las instituciones oficiales y por ende la de la Audiencia se encontraron, a medida que pasaban los días, con mucha dificultades para cumplir con sus cometidos, debido a la presión a que eran sometidas. Decidieron por tanto crear una Junta denominada de Subsistencias, con el fin de salvar la situación, pero de nuevo sintieron sus miembros la presión del general francés, dando lugar a frecuentes enfrentamientos. Éste en cierta ocasión pidió a la Junta que le entregara 60.000 duros, para el mantenimiento de sus tropas, pero Olea, al negarse a lo solicitado, produjo las iras del general francés amenazándole con llevarlo al paredón.
Duhesme, ante tal estado de cosas, decidió seguir apretando las tuercas a las autoridades y empleando diversas formas de coacción, incluso rebajando sus emolumentos a todo género de empleados, motivos para que diera comienzo de manera paulatina el éxodo de los ciudadanos. Se llega al día 13 de septiembre cuando definitivamente Duhesme toma el control total de la situación, produciendo entre la población una huida masiva, entre ella lo hicieron varias de las autoridades, de la Junta de Subsistencias, siendo confiscados sus bienes por los franceses.
José Villanueva decidió quedarse en Barcelona. Su situación junto a la de los demás autoridades que habían decidido esta postura, no era muy halagüeña. Habían sido convocado los componentes de la Junta a la casa del nuevo Capitán General Galcerán de Villalba, en presencia del general francés Duhesme, algunos no se presentaron pues sospechaban que Juan de Medinabeytia, a la sazón presidente de aquella, abogaba por la aceptación del juramento de fidelidad a José Bonaparte, como efectivamente así fue después de leer el francés las órdenes que tenía al respecto, del general en jefe del VII ejército Saint Cyr. Antes de finalizar la reunión el Capitán General ordenaba la presencia en el Palacio de la Audiencia de todas las autoridades civiles y militares, a fin a tomar personalmente el citado juramento.
Madinabeytia se despidió de la reunión advirtiendo que el no reconocía a la Junta Central y si a José Bonaparte, al a vez que manifestaba que el que no jurase corría el peligro de quedarse sin empleo. Es de imaginar la escena en casa del Capitán General. La Real Audiencia de Cataluña se vio obligada a definirse, y los componentes comenzaron a tomar posiciones ya que Madinabeytia se había decantado decididamente en favor de 1os franceses, aunque ya sus compañeros de magistratura imaginaban tal postura. Sin embargo José Villanueva y sus compañeros no estaban en la misma linea, aunque decidieron comparecer a la convocatoria del día 9 . Duhesme, se presentó al día siguiente de la reunión de nuevo en casa del Capitán General, donde se encontraba reunida la Junta y por supuesto Villanueva, a los que manifestó la obligación ineludible de asistir el día siguiente, 9, al juramento y que no se admitirían excusas alguna ni siquiera por enfermedad, en tal caso serían tomados por sospechosos, sometidos a vigilancia y con la consiguiente pérdida de autoridad. Además al Oidor decano, Jaime Álvarez de Mendieta, le encargó que en sustitución del regente Olea, ausente de Barcelona, realizara la convocatoria general a todos los empleados del Tribunal.
Duhesme una vez planteadas sus mandatos se ausentó de la casa del Capitán General quedando José Villanueva y sus compañeros de Audiencia, decidiendo la postura a tomar durante la ceremonia que se había de celebrar. Madinabeytia, mandaba mas que proponía que se recibiese a Duhesme a la manera y forma que se acostumbra hacer con los presidentes del Tribunal, es decir, 1os capitanes generales. Aún a no estar de acuerdo se accedió a ello debido a las fatales consecuencias que podían sobrevenir, el no someterse a las exigencias francesas.
El hecho de que el salón donde se debía celebrar el juramento no tuviese la suficiente capacidad para acoger a todos los convocados, hizo que el decano de la junta plantease que se realizase el procedimiento escrito, mediante un oficio de remisión. Duhesme aceptó, aunque el juramento lo debían hacer los dependientes más allegados al Tribunal.
Álvarez de Mendieta citó en su casa aquella misma tarde a sus compañeros, allí estaba Villanueva pero no Madinabeytia como era de suponer, dado su inclinación hacia los enemigos de España; obrarían en consecuencia.
José Villanueva, sin duda su figura aparece en el grabado, el 9 de abril, junto a sus compañeros de magistratura que no habían salido de Barcelona, se encontraban en la Audiencia catalana, allí estaban también los dos que se encontraban enfermos Beltrán y Lasauca. Después de llegar Dusheme y acompañarlo a la capilla del Tribunal y haberse postrado ante el ara, pasaron al salón San Jorge. Se había ocultado el escudo de armas de Fernando VII y se había colocado un retrato de José Bonaparte. La zona destinada al público estaba al completo y llena de expectación, así como el numeroso gentío que no había podido entrar esperaban impacientes como se desarrollarían los acontecimientos, al mismo tiempo que unidades del ejército francés intentaban mantener los ánimos.
Llegado el acto solemne del juramento, en nombre de José Bonaparte abrió la ceremonia el general Duhesme, después lo haría Madinabeytia y fue precisamente él quien se encargaría de tomar juramento a los magistrados pronunciando: ¿Juráis fidelidad y obediencia a S.M. José Napoleón primero Rey de las Españas, a las Leyes y a la Constitución?
El primero que lo debía realizar debía ser el Capitán General, presidente de la Audiencia, Galcerán Villaba que no asistió al acto, pero si se leyó su negativa que había enviado por escrito. De presente se negó al juramento José Villanueva y los demás magistrados y autoridades, si exceptuamos a Madinabeytia, a Soler del Olmo y López de Frias que demostraron una gran cobardía al aceptarlo. Rechazaron claramente el juramento, alegando que su religión, su honor y su conciencia no le permitían prestarlo, produciéndose un desorden en la sala, cuando se oyeron estas palabras.
El general Vergés presente en el acto les conminó dirigiéndose a ellos de forma violenta, increpándoles con insultos y otras lisonjas, como que eran unos ignorantes, unos ilusos y más fanáticos que los frailes. Medinabeytia quiso suavizar la situación, pues llegado su turno, hizo el juramento con las siguientes palabras: “Yo por mi religión, por mi honor, por mi conciencia y por el bien de mi Patria, juro fidelidad y obediencia al Emperador mi amo y a su hermano José Napoleón, Rey de España y de las Indias, a las leyes y a la Constitución.”
Ni que decir tiene que Dusheme no iba a quedarse satisfecho de como se había desarrollado aquella sesión. Dirigiéndose en francés a todos los que se habían negado a prestar el juramento, les dijo que se marchasen a sus casas, al mismo tiempo que les decía que quedaban depuestos en sus cargos y que estarían vigilados estrechamente por la policía al tratarse de personas sospechosas. Añadió finalmente que no podían salir de sus domicilios y que les hacía responsables de la tranquilidad pública.

Acto seguido, Madinabeytia tomó la palabra, traduciendo a su manera los dicho por Dusheme: “Dice S.E. que V.V. quedan desde luego sin empleos, arrestados en sus casas hasta nueva orden, como rebeldes, y que responderán con sus cabezas de la tranquilidad pública.”
Muchos de ellos no quedaron conformes con lo dicho tanto por Dusheme, como por Madinabeytia, por lo que propusieron que se consultara al general Saint Cyr la resolución que se había adoptado. El resultado fue nefasto ya que ordenó que Villanueva y sus compañeros fueran trasladados presos al castillo de Montjuich. A la una y media de la tarde, a pesar de sus reclamaciones, los diez magistrados que habían rechazado ser sometidos al yugo francés, Alvarez de Mendieta, Vaca de Guzmim, Marchamalo, Fernández de Córdoba, Beltrán, Lasauca, Dueñas y Castro, Ortiz y Galvez, Villanueva y Arévalo, y Gutiérrez del Bustillo, con una fuerte vigilancias, fueron conducidos a presidio, junto al resto de autoridades detenidas, en el suelo pasquines con un dibujo de un corazón donde se leía “Viva Fernando VII. Conde de Barcelona y muera el pirata Napoleón”, revoloteaban a su paso.
Tan heroico ejemplo de fidelidad se “ ha manifestado en las palabras y expresiones que dirigían a los augustos presos, a pesar de las bayonetas francesas que los rodeaban, y que a su despecho debían oír, sin poder evitarlas, porque salían de las bocas calles, de las esquinas, tiendas , balcones y ventanas: Todo estaba atestado de gente que deseaban ver a estos verdaderos españoles: hasta los mismos enemigos lo han confesado pues, un oficial italiano que esta al servicio de los franceses al ver la majestuosa serenidad con que nuestros magistrados iban a Montjuich, ha dicho en la rambla: questo si che é gloria, questo si che e fideltá” 6
¿En prueba de agradecimiento ? Duhesme en el mismo acto nombra a Juan de Madinabeytia regente interino de la Audiencia, y a Soler del Olmo y López de Frias, como representantes del Tribunal, mientras se nombraba a otros magistrados. Los traidores no tardaron en dirigirse a la residencia de Saint-Cyr para darle las gracias por el nombramiento y ponerse a su disposición.
Para Villanueva iba a ser el comienzo de un calvario que iba a durar lago más de un año, llena de privaciones, entre Montjuish y la Ciudadela. “El peor momento se produjo a raíz de la conspiración de mayo, que preparó el levantamiento de Barcelona para la noche del 11 al 12. Como consecuencia, fracasado el intento y detenidos muchos de los implicados, el día 14, tres de los magistrados, el oidor Pedro Pablo Beltrán y los alcaldes del crimen José Joaquín Ortíz y José Villanueva, fueron separados de sus compañeros y aislados en celdas individuales, sin luz ni mobiliario alguno, donde fueron interrogados una y otra vez sin descanso, recurriendo tanto a los métodos suaves, ofreciéndoles incluso altos cargos en la administración, como a la amenaza de muerte. En esta situación permanecieron diez y ocho días, hasta que por fin, al no poder imputarles responsabilidad alguna en la fracasada conspiración, termino su aislamiento y pudieron reunirse con sus compañeros para seguir en prisión. Dice Pérez Samper que “de los tres magistrados que padecieron esta prueba, al menos, de dos de ellos Ortíz y Villanueva, sus biografías apuntan de significación liberal.”
Por ultimo fue deportado a Francia al castillo de Perpiñán, En Francia, con el fin de que les dejaran en libertad, aceptaron el juramento. No tenía otra finalidad que la de pasarse a las filas nacionales puesto que no tardó mucho tiempo en incorporarse, a los que luchaban contra los franceses.7
El año 1809, lo pasó encerrado en prisión cautivo de los franceses.
En 1810 después de salir de prisión del castillo de Perpiñán donde estuvo hasta el 6 de marzo, llegando con los demás magistrados liberados a Barcelona el 16 del mismo mes, donde se le siguió sometiendo a una estrecha vigilancia, a sabiendas que habían jurado en falso y por lo tanto carecía de autenticidad. Efectivamente poco tiempo después lograron todos ellos eludir la vigilancia y pasar a la zona libre. Parece ser que lo hicieron por mar, incorporándose a las fuerzas españolas en la lucha contra el francés.
Esta es la lista de los gloriosos presos conducidos a Montjuch, por no querer jurar fidelidad a Joseph Napoleón:
Oidores: Don Jayme Álvarez de Mendieta, Decano; Don Joseph María Baca de Guzmán; Don Manuel de Marchamalo; Don Joseph María Fernandez de Córdoba; Don Pedro Pablo Beltrán.
Alcaldes del Crimen: Don Isidro Lasauca; Don Domingo Dueñas y Castro; Don Joseph Joaquin Ortíz y Gálvez; Don Joseph Villanueva y Arévalo; Don Manuel Giutierrez de Bustillo, Fiscal.
Relatores: Don Jayme Parera; Don Vicente Espeso e Iñigo;
Escribanos de Cámara: Don Francisco Ribas; Don Antonio Garimón; Don Manuel Pons;
Procuradores de Número: Don Joseph Boix; Don Gabriel Canals. Priores.
Notarios públicos de Número: Don Antonio Comellas, Don Mariano Llovet. Priores.
Del Ilustre Ayuntamiento Regidores: Don Joseph Antonio Martí; Don Bernardo Bransi.
De la Real Hacienda: Don Pedro Joseph de Azanza, Tesorero general: Don Juan Felipe de Asaguirre, Contador principal del Ejército.
Poco tiempo después, Villanueva fue nombrado por la Junta Central miembro del Consejo y Tribunal Supremo de España e Indias, creado el 25 de junio de 1809. Consejo que duraría poco más de un año pues se disuelve el 21 de septiembre de 1810.
CAPITULO III.- Juez en la ciudad de Sevilla
En 1812, siendo Oidor o Magistrado de la Real Audiencia en la Aduana de Sevilla, a la edad de 31 años, pidió licencia para contraer matrimonio( D-3) con Inés Muñiz Bouvier.8 La licencia para contraer matrimonio tiene fecha de Cádiz a 7 de febrero de este año.9
En 1813, se encontraba en la Audiencia de Sevilla como Fiscal.
En 1817, En la Audiencia de Sevilla, Sala 2ª de lo Civil.
En 1820, el día 9 de Marzo, Fernando VII jura la Constitución de 1812, ante la Junta Provisional compuesta por personas de la confianza del pueblo. Tres días más tarde suprimiría los Consejos y restablecía el Supremo Tribunal de Justicia, nombrando a cincuenta Consejeros entre ellos a José Villnueva y Arévalo.10
La Real Audiencia de Sevilla no solo tenía atribuciones judiciales sino también políticas y cuya jurisdicción rebasaba los límites de la ciudad, para abarcar todo el reino de Sevilla. Políticamente era un cuerpo consultivo del Capitán General y le competía el nombramiento de funcionarios y jueces de paz en toda la provincia. Jurídicamente era Tribunal Supremo en la provincia y estaba presidido por por un regente nombrado directamente por el Rey. Tenía ademásuna tupida red de relatores, escribanos, procuradores y abogados. Los alcaldes del crimen o Magistrados de la Cámara criminal tenían que matricular a todos los vecinos de su barrio, debían conocer las posadas y mesones, así como el movimiento de huéspedes y le compete el hacer cumplir los bandos que se publican. Subordinados a ellos estaban los serenos.11
En 1821, 21 de Junio, Villanueva fue elegido por al Rey para ocupar una vacante de Magistrado en propiedad en la Audiencia Territorial de Sevilla, a propuesta del Consejo de Estado. He aquí la parte del documento correspondiente a la vacante de Servilla.
“El Consejo de Estado a 16 de Junio de 1821.
Propone a V.M. Los sujetos que estimamos mas benemérito para obtener en propiedad tres plazas de Magistratura de los declarados interinos, de Sevilla:
En primero D. José Villanueva y Arévalo
En segundo D. Ignacio Olavarrieta
En tercero D Manuel Antonio Caballero del Pozo, fiscal.
V.M., se dignará nombrar a los que tenga por mas conveniente.
Nota: S.M. Nombra a los propuestos en primer lugar.
Señalado a 21 de Junio de 1821.” 12 (11)
En 1822 se encuentra en Sevilla. En Octubre lo encontramos firmando una sentencia.
En 1825, Gobernador de la Sala del Crimen Audiencia de Sevilla.
En 1827, era Presidente de la Real Sociedad Económica de los Amigos del País de Sevilla.
En 1828, en la Sala 1ª de lo Civil de Sevilla. Como Director de la Real Sociedad Económica de Sevilla, pronuncia un discurso inaugural en la Junta General pública, celebrada en las sesiones de los días 19, 20,21, 22, 23 de Diciembre, cuyo texto completo se encuentra el Documento nº 13.
En 1829, era Oidor Decano de la Real Audiencia de Sevilla, Regente interino de la misma y Subdelegado Principal de Policía.



A primeros de Enero de 1830, se inicia la apertura del Tribunal de la Audiencia de Sevilla, por ocupación de la regencia del mismo el Sr. D. Ignacio Marín y Sánchez, pronunciando Villanueva, un discurso inaugural, animando a sus componentes a “buscar a toda costa la verdad” y dando algunas premisas como el que “de nada sirve la Ley sino tenemos el valor necesario para arrostrar cuantos peligros se opongan,” recordando que “la justicia, la prudencia y el valor son los que producen todas las virtudes sociales”. (D.1)
En 1831, en la Real Audiencia de Sevilla, en la Sala 1ª de lo Civil.
En 1832, siendo Decano en la Real Audiencia de Sevilla, en la Sala 1ª de lo Civil, el día 30 de octubre es nombrado Ministro del Consejo de Castilla. Contaba entonces 51 años de edad. La Gaceta piamontesa se hacía eco de este nombramiento: “GIOVEDI,15 Novembre 1832. Nº 136. GAZZETTA PIEMONTESE. SPAGNE. Madrid, 27 ottobre. S.M. Il Re esce tuti igiorni a passeggio, e la sua saluté prosegue a migliorari. Decreti Reali.Del 30. IL ristabilimento di S. M.fa sempre nuovi progressi. Sono stati, [..] Nominiamo a membri di tal nostro conciglio don Giuseppe Villanueva y Arevalo, decano della cancelleria di Siviglia...” 13
“Núm. 132 Martes 30 de Octubre de 1832
GACETA DE MADRID
Artículo de Oficio
El Rey nuestro Señor sale todos los días a paseo, adelantando sin interrupción en su restablecimiento.
La Reia nuestra Señora y las augustas Infantas, igualmente que SS.AA.RR los Sernis. Sres. Infantes, siguen sin novedad en su importante salud.
Reales decretos
Deseando Yo que el Consejo de Castilla, célebre otro tiempo en los fastos de la magistratura europea por su circunspección, rectitud y sabiduría, recobre todo su antiguo lustre y esplendor, y sea como en épocas de gloriosa memoria baluarte del trono español y apoyo firme del Estado; he venido, en uso de las facultades, que mi muy caro y amado Esposo me tiene conferidas, en restablecer la plaza tercera de fiscal, y nombro para ella al que lo es actualmente de la Real audiencia de Valencia, D. Francisco Redondo, reservándome para mas adelante reintegrar a dicho supremo tribunal en el pleno goce y posesión de todas sus atribuciones, según lo competen por las leyes y otras soberanas resoluciones: Asimismo nombro para ministros del propio Consejo a D. Josef Villanueva y Arévalo,oidor decano de la audiencia de Sevilla; a D. Andrés Subiza, decano de la Chancillería de Granada; a D. Josef Ayuso y Navarro, gobernador de la sala del crimen de la misma; y a D. Josef Martinez Sareta, alcalde de mi Real casa y corte: téndrase entendido en la Cámara para su cumplimiento. Esta rubricado de la Real mano: En palacio a 25 de Octubre de 1832. El gobernador del Consejo y Cámara de Castilla.”
En 1833 se encontraba en Madrid, testigo de un hecho histórico y trascendente.
Durante la convalecencia de Fernando VII, hallándose enfermo de gravedad, partidarios del infante Carlos María Isidro, consiguieron que firmara un Decreto derogando la Pragmática Sanción, pero llegada la mejoría de su estado de salud se puso de nuevo en vigor, al firmar el Rey, en el palacio Real el 31 de diciembre de 1832, después de serle leído el decreto en su habitación.
José Villanueva fue testigo de estos acontecimientos históricos. Transcribo la última parte de este documento.
“Publicada en el mi Consejo pleno la precedente Real orden, acordó su cumplimiento y expedir esta mi Cédula: por la cual os mando á todos y á cada uno de vos en vuestros lugares, distritos y jurisdicciones, la veais, guardeis, cumplais, y ejecuteis, y hagais guardar, cumplir y ejecutar en todo y por todo, según y como en ella se contiene, sin contravenirla, permitir ni dar lugar á que tengas mas puntual y debida observancia, dareis las órdenes y providencias que convengan. Y encargo a los M.RR..Arzobispos [..] y Jueces eclesiásticos de estos mis Reinos que en la parte que les corresponda la observen como en ella se previene; que así es mi voluntad, y que al traslado impreso de esta mi Cédula, firmada por D. Manuel Abad mi Escribano de Cámara mas antiguo y de Gobierno del mi Consejo, se le de la misma fe y crédito que a su original. Dada en Palacio a cuatro de Enero de mil ochocientos treinta y tres. YO LA REINA. Yo Don José María Mon. [..] Javier Castaño. Don José Hevia y Noriega. Don José Ignacio de Llorens. Don Rafael Paz y Fuertes. Don José Villanueva y Arévalo.”14
Durante el gobierno de Martínez de la Rosa, el régimen que se establece con la promulgación del Estatuto Real, sancionado por la reina el 10 de Abril d 1834, acaba con el sentido que tenía el Consejo Real de Castilla, dentro del conjunto del Estado. La reina Gobernadora María Cristina, en nombre de su hija Isabel decretó poner fin al Consejo Real de Castilla, creando al tiempo el Tribunal Supremo de España e Indias, estableciendo sus plantillas y la división en Salas. Decreto que puso en manos de Martínez de la Rosa, a la sazón Presidente del Consejo de Ministro. Sus atribuciones eran exclusivamente de justicia y se establecía su composición: un Presidente, 15 ministros y tres fiscales. Se mandaba continuar los subalternos del Consejo Real de Castilla y el de Indias, hasta que se constituyese el Tribunal Supremo de España e Indias que le sustituyó. Por otra parte la Reina Gobernadora, el mismo día creará el Consejo Real de España e Indias únicamente como órgano consultivo de la Corona.
Estos eran los nombres que con fecha de 20 de noviembre de este año de 1834, componían la plantilla del Tribunal Supremo de España e Indias: D. Vicente Cano Manuel, Presidente, Marqués de Piedrablanca, Decano. Los ministros relacionados por antigüedad: José Montemayor, Manuel Genaro de Villota, Teotimo Escudero, Conde de Villahermoso, Andrés Subira, José de Mier, José Villanueva y Arévalo, Francisco Redondo, José Martín de Arieta, Matías Herrero Prieto, Rafael Paz y Fuentes, José María Calatrava, José María Manescau, y Ramón Giraldo. Fiscales del Consejo: Francisco Estrambasaguas, Manuel Crespo y Juan Nepomuceno San Miguel. El secretario que figura es Antonio López de Salazar. 15
En 1835, Villanueva tenía su domicilio en Madrid, en la calle de Sacramento, cerca del Consejo de Estado y destinado en estas fechas en el Tribunal Supremo de España e Indias. En el A.H.N, Estado, legajo 6408, hay un documento donde vienen relacionados todos los que constituían la plantilla del Tribunal Supremo de España e Indias con las direcciones de cada uno de ellos; documento que envía el secretario de dicho Tribunal al secretario de la sección de Gracia y Justicia del Consejo Real de España e Indias.
CAPITULO IV.- Alcalde mayor de Misamis, Islas Filipinas.
Una vez que entra en vigor El Estatuto Real y siendo contrario a lo dispuesto en él artículo 236 “en la Monarquía la existencia del Consejo Real de España e Indias, prolongada hasta ahora por razones que ya han cesado, y deseosa yo al mismo tiempo de ahorrar al erario el gran coste de esta corporación he venido a nombre de mi augusta Hija la REINA DOÑA ISABEL II y conformándome con el parecer unánime de mi Consejo de Ministros, en decretar lo siguiente: 1º Queda suspendido desde luego el expresado Consejo Real de España Indias, con todas las oficinas y dependencias; y declaro cesantes con el sueldo que le corresponda por clasificación a los Ministros y demás empleados que se hallan sirviendo en él”.16 A Villanueva no le iba a afectar puesto que continuaba como magistrado en el Tribunal Supremo de España e Indias, aunque si como consejero real al quedar cesante.
Las provincias por aquel tiempo estaban regidas por un gobernador o alcalde mayor, con jurisdicción gubernativa y contenciosa. Los pueblos eran regidos por un gobernadorcillo indígena, auxiliado por tenientes y alguaciles d justicia, también nativos, a quienes estaban asignadas la funciones de control de sementeras, ayudar a los párrocos y mantener el orden. En los pueblos donde vivían comerciantes chinos o sangleyes podían hacerlo en un barrio regido por individuos de su etnia. Los gobernadorcillos percibían ingresos especiales y su mandado era por una año aunque podían renovarlo, siendo elegidos a principio de cada año, por un tribunal local, formado por el cesante y por doce barangays mas antiguos,siendo condición indispensable el que supieran hablar, leer y escribir en castellano. La terna elegida se enviaba al Alcalde mayor, eligiendo a uno de ellos. El jefe de clan se denominaba cabeza de barangay y tenía bajo su responsabilidad a cincuenta familias, mediaba en todos los litigios y obligaba a los miembros de su unidad a cumplir los servicios colectivos.
Estaban obligados a pagar todos un tributo de cinco reales de plata desde el momento que cumplían los 20 años, también lo hacían las mujeres desde que se casaban o bien cumplían los 25 años. Los mestizos chinos pagaban el doble y estaban clasificados en tres categorías para el pago de impuestos que se encargaban de cobrar los cabezas de barangays. Por otra parte estaban exentos de pagar tributos todo individuo que había cumplido los sesenta años, los cabezas de barangays, así como sus mujeres y sus primogénitos, los empleados en fielatos y estanquillos,los gobernadorcillos, algunas familias con exención especial, así como los españoles, mestizos de blanco y extranjeros. Por el impuesto de fondo de comunidad pagaba cada matrimonio un real al año, para el sostenimiento de las escuelas, del alumbrado y el ayuntamiento..El Santorum por el que se pagaba tresvreales cada pareja natural o mestiza para gastos de culto. Polos y servicios solamente recaía en la población indígena que consistías en el trabajo gratis para mantenimiento de caminos, puentes etc,., o llevar el correo, pliegos o víveres a los soldados.
La llegada como Gobernador de las islas Filipinas de Narciso Clavería no conforme con la arbitrariedad que imperaba, trajo como consecuencia la entrada en vigor una rígida Justicia y fomento en las provincias. Con él se crearon los jueces letrados para todas ellas y desde ese momento puso fin al abuso de los jefes provinciales en lo que respecta al comercio. Además estos alcaldes legos y gobernadores remitían desde sus departamentos a Manila los expedientes civiles y criminales que formaban, haciendo que su tramitación se eternizara y que en muchas ocasiones se perdiesen los papeles en el mar durante las idas y venidas. Por otra parte el fomento era muy reducido exclusivo del jefe de la provincia que no permitía ninguna clase de competencias.

Clavería entendió que algunos jefes no podían administrar bien su provincia debido a su extensión territorial o insular y las dificultades que tenían a la hora de visitarlas con frecuencia, de ahí los cambios y divisiones territoriales, creando provincias nuevas y comandancias militares. Del mismo modo la elección de pedáneos o gobernadorcillos de los pueblos para poner fin a los abusos. Se efectuaron numerosas reducciones de aborígenes moros, recurriendo a la fuerza en algunas ocasiones o por medios pacíficos, en otras, como fue el caso del buen hacer del Alcalde mayor y gobernador de la Provincia de Misamis. Y es que como consecuencia de las disposiciones de Clavería fue llamado a ocupar este puesto en la administración D, Joisé Villanueva y Arévalo.
Estando residiendo en Madrid, como miembro del Tribunal Supremo, en 1848, cuando cumplió los 67 años, corresponsal de la Sociedad Económica de Amigos del País, recibió la orden de trasladarse a las Islas Filipinas, para ocupar la citada vacante de Alcalde mayor, embarcando posiblemente en el puerto de Cádiz, pues “la ubicación del puerto de Cádiz, la estructura comercial y financiera, así como la experiencia adquirida en el manejo de las vinculaciones coloniales hicieron que, al menos, hasta 1857, fuera el epicentro del movimiento comercial. En contraste con los otros puertos, Cádiz, debía parte de su dinamismo a su actividad exportadora y a la función de puerto redestribuidor de productos coloniales, heredada de antaño y que conservará, al menos, hasta los años centrales de la centuria decimonónica”17, arribando en aquellas posiblemente en el año de 1848, pues aparece en La Guía de Forasteros de estas posesiones españolas, tomando la responsabilidad de Alcalde Mayor y Gobernador de la provincia de Misamis en Mindanao, una de las 32 en que estaba dividido el Archipielago, al año siguiente.
“Por el NO de Zamboaga siguiendo la costa O de Mindanao y poco antes del istmo que separa las dos penínsulas comienza la provincia de Misamis en el pueblo de Dapitán, extendiéndose desde él por la demás costa O. y por la del N., en que se hallan sucesivamente los pueblos de Iligon, Misamis y Cagayan, formados a la sombra de algunos fuertes de mampostería o madera y separados unos de otres por trozos de costa habitados por Moros o Salvajes, que se llaman amigos por no ser bastante fuertes para hacer las guerras. Hay también algunos otros pueblos y Visitas las mas sobre la costa y las otras algo interiores, pero todas de muy costa población y riqueza.
Las habitant6es de esta provincia son también aguerridas, aunque no gozan de tanto prestigio como los Zamboagueños; han apresado no obstante muchas veces embarcaciones piratas, y han hecho muy buenas defensas de sus pueblos y de sus embarcaciones.
La Hacienda reporta utilidad de esta provincia, pues sus habitantes no gozan de tanto prestigio como los de Zamboaga, de exención de tributo y con los que pagan cubren los cortos gastos del distrito y queda algún sobrante.
En el interior hay bastantes salvajes que no pagan tributo, pero que permiten por si el comercio por los ríos, trocando los productos naturales por los de la industria.
El Alcalde mayor tenía a sus órdenes una Compañía local de Infantería y algunas pequeñas embarcaciones de corso, que se entretienen por los mismos pueblos, cuyos vecinos las tripulaban para perseguir a los piratas cuando se presentaban.” 18



El mismo año de su llegada a las islas Filipinas José Villanueva se incorporó a la sección Comercio de la Real Sociedad Económica de Filipinas, creada en 27 de agosto de 1780, aunque no fue hasta el 12 de diciembre de 1830 cuando se crearan sus estatutos. La administración de Justicia en primera instancia la regulaba el Gobernador General de las mismas D. Narciso Clavería por decreto de 23 de septiembre de 1844. Las antiguas Alcaldías pasaban a clasificarse en tres categorías: de entrada, de ascenso, y de término. Y solamente podían servirlas personas que tuvieran la cualidad de letrado. Dependían del Tribunal Superior que tenía la denominación y facultades de Audiencia y Cancillería Real con residencia en Manila. Villanueva tomo posesión de su cargo como Alcalde Mayor de entrada.
En el cargo ejerció al mismo tiempo las funciones ejecutivas y judiciales y gestionaba el cobro de impuestos. El tribunal provincial lo formaba el Alcalde mayor, un asesor, abogado, y un notario. A su llegada la Filipinas, los piratas musulmanes - malayos campeaban por sus respetos en todas las islas del archipiélago y por tanto en la de Mindanao. 19
Su residencia se encontraba en la capital, es decir el pueblo de Misamis, en esta población residía también un cura y un gobernadorcillo. Levantado sobre una lengua de tierra en la ensenada de Pangue, tenía un anejo llamado Luculan. La administración espiritual estaba a cargo de los P.P. Recoletos desde 1769. En esta capital se encontraba también la Comandancia y guarnición militar de la Provincia. La constituían unas 700 casas con una iglesia parroquial de buena fábrica, bajo la advocación de la concepción de Nuestra Señora. Hoy esta ciudad es conocida con el nombre de Ozamiz.
Se encontró gobernando un mundo diferente al que había dejado en Europa, la isla de Mindanao era habitación de pueblos primitivos hasta el Siglo XV, sin embargo la llegada de los musulmanes trajo consigo su desaparición. La llegada y conquista por los españoles, a cargo del Conquistador Martín Íñiguez, no trajo consigo su dominio debido a la presión de los malayos sobre los lugares que se habían asentado, resistiendo sus ataques durante los siglos XVII y XVIII.
Una escasa extensión del suelo estaba dedicada a la agricultura, consecuencia lógica de un escaso nivel económico. Tan solo en los núcleos de indígenas cristianizados era aprovechado mejor para la agricultura, y para obtener mejores rendimientos en cuanto a la explotación de la madera de sus bosques. El clima benigno hacía que en sus valles se cultivara el café, cacao, canelo, la palmera abacá, el palo maría, malapajo que daba muy buena resina, tabaco, azúcar, algodón y el arroz.
Hay que destacar que tan solo en el Norte y en zonas reducidas del Sur de la isla se daban estas circunstancias, puesto que el resto estaba completamente cubierto de bosque salvaje.
El animal doméstico por excelencia era el cerdo, animal que sacrificaban los pueblos malayos infieles, durante las ceremonias religiosas aunque posteriormente evangelizados unos siguieron efectuando estas prácticas. Se trataba de los Mandayas, Tirurayes y Subanos. Los Bagobos y Baganis, estaban en estado primitivo. Los musulmanes lo criaban tan solo para comercializar con aquellos. Empleaban como animal de carga y tiro el carabao y sacrificaban un pollo en los ritos que celebraban ante sus ídolos. La vivienda de los baganis estaba construida como los palafitos, con madera, cañas y nipa.
La etnia más primitiva era la de los Aetas, habitantes de las zonas más abruptas de la isla. Los malayos, unos eran los que se cristianizaron cuando llegaron los españoles y otros los llamados infieles. Sin embargo como ya se ha apuntado, la llegada de los musulmanes supuso que se retiraran de las costas y ocuparan lugares del interior.
Los mandayas vivían en poblados bajo la autoridad del hari - hari (cacique) cargo hereditario y un anciano al que se le guardaba un gran respeto, formaban con otras de menos rango la nobleza que ejercía su jurisdicción como señores principales sobre un grupo de familias o sácopes.
Los Baganis vivían alejados de las misiones, eran guerreros y atacaban a los poblados vecinos. Tanto estos como los Baganis realizaban sacrificios humanos. Enterraban a los que caían en su poder hasta la cintura; después de danzar a su alrededor les daban muerte a lanzazos, para posteriormente comerse sus vísceras. Era el ritual para sus dioses.
Los malayos musulmanes llegaron en el siglo XV., procedentes del Extremo Oriente y al mezclarse con los aborígenes quedaron como etnia dominante en toda la isla, dedicándose al comercio. Eran considerados no fiables, belicosos, con prácticas muy violentas, hipócritas y dados a no trabajar mucho, así como de poca catadura moral. Su lengua era el árabe. Su figura principal el Datto (Sultán) y bajo su jurisdicción estaban varios pueblos de cuyos poblados el jefe principal era Panliman. Los moros tributaban al Datto y al Panliman.
Otro grupo era los chinos y por supuesto los españoles. Los primeros se dedicaban al comercio, los españoles a gobernar y defender sus intereses, en nombre de España y la administración espiritual corría a cargo, en la provincia de Misamis, en concreto, por los agustinos y el clero secular. En el resto de la isla estaba a cargo de la Compañía de Jesús, principalmente. Los tercios civiles eran los encargados de mantener la paz y el orden en el interior.
Una de las primera defensas que se levantaron contra los moros por los españoles fue en la provincia de Misamis, logrando dominar toda la parte Norte de la Isla, aunque al poco fue abandonada dejando de ejercer este dominio a causa de temer un ataque de los ingleses. No sería hasta mediados del siglo XIX, cuando se recuperaría aquello que se había perdido, entre ellos la provincia de Misamis. Se dividió Mindanao en cinco distritos: Zamboanga, Misamis, Surigao, Davao, y Cottabato.
Este era el estado en que se encontró D. José Villanueva en el momento de su llegada a esta provincia del Norte de Mindanao, con una población diseminada en bastantes pueblos situados entre bosques vírgenes. Los habitantes mostraban amigos de los españoles con los que cambiaban artículos, sin embargo su enemistad era con los moros piratas, de suerte que venían a ser en lo interior nuestras avanzadas contra el enemigo común los malayos. Los moros malayos asaltaban las costas sistemáticamente para llevarse a los moradores de sus poblados que hacían cautivos, al mismo tiempo que robaban y hacían destrucciones por doquier.
Mucho antes de la llegada de José Villanueva, en 1833, con motivo de llevar a cabo una serie de reformas en el presidio de Zamboanga en la isla de Mindanao, se expuso al Gobierno de España la importancia de que toda la costa de esta isla estuviese cubierta con fuertes y buques de la Marina provincial e invadir poco a poco el terreno que ocupaban los moros entre Misamis y Zambogaaga que en parte nos pertenecía. Una vez enterada S.M. La reina Gobernadora hizo llegar al corregidor de Misamis, a la sazón D. N. Lopez de Ballesteros para llevar a cabo aquellos planes.
Con tal motivo se nombró una comisión que presentara un informe para ver el estado de la situación cuyo resultado dio a conocer que el principal objetivo era que la bahía de Sindangan era donde se debía concentrar el esfuerzo principal, ya que las tierras que confinaban con las dos provincias eran el granero de los piratas.
Con el fallecimiento del corregidor de Misamis, Ballesteros, aquellos planes quedaron en un compás de espera, que a la llegada de Villanueva “deseando cumplir lo que se mando a su antecesor” presentaba un primer paso con el fin de que se resolviese de por si “ por estar en lazado con lo que S.M., tiene mandado anteriormente”
El nuevo Gobernador de Misamis había puesto en antecedentes a Don Narciso Clavería que estaban realizando ciertas gestiones con habitantes de algunos pueblos que deseaban integrarse bajo la soberanía española, de los llamados monteses en Mindanao: Se trataba de indios por lo regular idólatras y por tanto más fáciles de reducir al cristianismo que los moros a quienes estos indios aborrecían por las tropelías que realizaban contra ellos. Varias tribus le habían propuesto que anualmente se les nombrara ministros de justicia de entre sus dattos o caciques, a ejemplo de los pueblos reducidos cristianos y ponerse bajo la protección de nuestras leyes. Solamente pedían a cambio que se les librase de pagar polos y servicios personales. Se trataba de tribus de monteses que habitaban los sitios de Piao, Dicayo, Aluvan, Layahuan, Labo y Sicapa que querían vivir bajo la “protección de nuestras leyes y observar el mismo régimen de policía”. Casualmente estaban situados en una región donde los piratas malayos mahometanos se empleaban con mucha frecuencia, cerca de la costa septentrional del N.E. de la isla de Mindanao.
El proyecto de Villanueva ciertamente innovador, fue bien recibido por las principales autoridades del Gobierno de España, sin embargo había algunos aspectos de dudosa resolución dados que le hecho de pedir que se les eximiera de tributos, estaba en contradicción con la norma general y constituían, al parecer una discriminación con los demás pueblos que estaban bajo la corona española. Las ordenanzas de buen gobierno concedían estas exenciones de tributos a los que nuevamente se incorporaban al dominio de S.M., pero los pagaban sus hijos cuando llegaban a la edad competente y permitían que estos hijos fueran bautizados. Cuando se hace un nuevo establecimiento y se llevan a él nuevos pobladores se concede la exención de tributos por los años que por lo general podían prolongarse, de ahí que el fiscal del Supremo Tribunal de Justicia D. Francisco Entrambasaguas, recavara datos de la Real Hacienda, con el fin de que resolviera el único escollo que se oponía a los planes de Villanueva.
Ínterin, este insistía en el carácter de los “indios infieles que componían las mencionadas tribus o rancherías, [..] era benigno y pacífico; los terrenos que poseen excelentes para la agricultura y la utilidad que pueden prestar si a ellas se les dedica y aficiona, bastante considerable, porque situadas en los puntos adonde con mas frecuencia concurren los moros o se aproximan en sus piraterías, serán de mucho auxilio reducidas a la vida civil, en las operaciones que se ejecuten, ya para frustrar el objeto de las incursiones de aquello, ya para imponerles, y ya finalmente para abatirlos con mejor éxito.”
De igual modo daba informe de su provincia cuya población se “repartía en seis partidos que no pasa de veinte y nueve mil setecientas cincuenta y ocho almas, en una extensión de sesenta y cinco leguas de E. a O. desde Punta Blanca a punta Sicapa en la costa septentrional de Mindanao, es de sano y templado clima, a pesar de la baja latitud en que se encuentra su suelo que corre por la falda de una gran cordillera de montes, ofrece valles y llanuras fértiles regadas por los ríos Ylagan, Mandoloc, Tagoloan,, Dipolo y Lubungan; sus naturales a los que tanto incomodaban antes los moros de Lindangan, Quipit, Palandoc y otros puntos y otros puntos de esta isla menos molestados ahora con la seguridad que les ofrece las embarcaciones empleadas en la persecución de sus enemigos y los baluartes levantados para la defensa de sus poblaciones y costas comienzan a dedicarse a la agricultura y utilizar con notable progreso, el arroz, la caña dulce,el cacao, el café y el abacá, habiendo adelantado tanto en estos artículos que dentro de pocos años no necesitarán importarlo de otras provincias: tienen buenos pastos para su ganado y en los montes arena aurífera que las avenidas arrastran hacia los lavaderos de Buyatac, Facolo, Pigtao y Moniguy, además de las excelentes maderas para construcción de que abundan, se encuentran en ellas el ébano y el tindalo. Sus bosques suministran cera, brea, alguna canela y tabaco de buena calidad, mientras que en sus costas se recoge carey, balate y mariscos, bien que en cantidades pequeñas, por ser pocos los que se dedican a este genero de industria”.

Concertado que la propuesta era muy positiva para la integración de aquellos pueblos y salvado el último inconveniente en el que aquellos pueblos recomendados por el nuevo Gobernador y Alcalde mayor, quedarían exentos de los tributos a que se hacía alusión, aunque de una forma temporal siempre y cuando tenían que satisfacer los derivados de los trabajos de mantenimientos de las obras que se hicieran para en los nuevos poblados y no los relativos al común provincial,se presentó la propuesta a examen de la Secretaría de Estado y del Despacho de marina de Comercio y Gobernación de Ulramar, que a su vez presentó para su aprobación a la reina Regente S.M., la reina María Cristina, que a través del capitán General felicitaba a D. José de Villanueva.
“Al Gobernador capitán General de Filipinas.
Madrid 25 de Octubre de 1838
Enterada S.M., la Reina Gobernadora de la carta de V:E de 1º de febrero del presente año nº 19 en que da cuenta de que varios tribus de monteses en la provincia de Misamis le manifestaron por conducto del Corregidor de la misma el deseo que tienen de que se les nombren anualmente ministros de justicia de entre sus dattos o caciques a ejemplo de las reducciones cristianas y de vivir asimismo bajo l protección de nuestras leyes, pero a condición de no pagar tributos ni ser gravados con polos y servicios personales y convencida S.M., de que la propuesta que hacen las referidas tribus debe reputarse como de interés general porque con ella se disminuyen los que pudieran ser enemigos y se aumentan los defensores y aun los medios materiales que han de emplearse en su caso para rechazar con provecho y escarmiento las continuas incursiones que hacen en los pueblos indefensos los bárbaros piratas, causando mil vejaciones a los súbditos de España, se ha venido resolver que con arreglo a la Ley 3ª Título 5º Libro 6º de la Recopilación de Indias se halla V:E., autorizado para conceder a dichas tribus cuanto solicitan procurando edifiquen poblaciones y hagan baluartes para su propia defensa y dándoles aal propio tiempo Ministros de justicia y policías de entre sus principales como se nombran en los demás pueblos civilizados de ese país.
De Real orden lo comunico a V.E., para su conocimiento y efectos correspondientes, debiendo V.E., asimismo manifestar al Corregidor de Miasamis que S.M., ha visto con aprecio el celo que ha manifestado en esta ocasión por el mejor servicio. Dios guarde.”20
La aparición de los buques de vapor, supuso un nuevo impulso a la lucha contra la piratería que practicaban los malayos mahometanos en las Filipinas. En 1848 el capitán General y Gobernador de las islas, desde julio de 1844, D. Narciso Clavería y Zaldúa emprendió una campaña contra ellos y una expedición en fuerza a bordo de tres buques: el Reina de Castilla, el Magallenes y el Cano, dirigiéndose hacia los núcleos de resistencia que se encontraban en los fuertes de Balanguingui, Sipac, Sungap y Bucotingol, asestándoles un duro golpe a lo largo de la segunda quincena de febrero, logra destruir el hasta aquellos momentos, su poder y hegemonía. 21
Como consecuencia de aquella derrota, Clavería dictó una serie de normas y disposiciones, promoviendo poner en marcha una serie de reformas en la provincias y la reducción de tribus independientes. Cumpliendo con celo ejemplar lo decretado por Calvería redujo a vivir en poblado a algunos de los monteses de los distritos contiguos a su provincia, fomentando las relaciones de los restantes con los cristianos. Llevó a cabo elecciones de gobernadorcillos y ministros de justicia, en 1847. Bajo su Alcaldía se formaron nuevos pueblos en Misamis, cuyo numero de casas y otros edificios ascendía a 1467, según consta en oficio de 1º de diciembre de 1849, aunque no se puede enumerar la gente por lo cual no aparece en el estado de la población de 1850 si bien se advierte “para la debida claridad que están incluidos en la población de esta provincia 23.2312 Infieles que con el título de nuevos reducidos se anotan por aquel Gefe en otro Estado de igual fecha.”22 (D-4) Los gobernadorcillos tenía bajo su autoridad tenientes y alguaciles de justicia cuyo número variaba de unos poblados a otros que tenían y con la responsabilidad de varias comisiones, entre ellas la judicatura de sementeras,las de palmas y la de policía. Tenían los gobernadorcillos todo el cargo municipal propio de la autoridad que les confería su nombramiento, con especial obligación de auxiliar a su Cura párroco en todo lo relativo al culto y observación de los preceptos religiosos. Conocían de las causas civiles hasta el valor de dos taeles de oro ó de 44 pesos; procedían en los casos criminales a la formación de sumaria con la cual daba cuenta al jefe de la provincia.
La elección de gobernadorcillos y demás ministros de justicia de las islas se verificaba según lo establecido en decreto del Sr. Conde de Manila, Gobernador y Capítán General D. Narciso Clavería,en fecha de 5 de octubre de 1847.
El acto de nombramiento tenía lugar en las casas comunales, escuelas o lugar habilitado al acto, pero nunca en las casas particulares de los nativos. Presidía el Alcalde mayor de la provincia con asistencia del Párroco del pueblo respectivo, cuando el Gefe no podía asistir delegaba en el que designara de la Alcaldía o en un español que considerara.
Con fecha de 15 de agosto de 1850, daba parte el Alcalde Mayor de entrada D. José Villanueva y Arévalo de que una vez acometida la reducción, haber hecho entrega de “la bandera al gobernadorcillo y demás autoridades tribales del valle de Dagundajalon, donde habían formado los nuevos pueblos”23, auxiliado con toda probabilidad de fray Francisco Jiménez de San Fermín, a la sazón Párroco de Misamis.
A pesar de ello, estas medidas no tuvieron la trascendencia que cabía esperarse; en 1950 los musulmanes malayos volvieron a cometer troperías en la provincia de su gobierno, Misamis. Atacaron las costas e isla de Camiguin, haciendo gran número de cautivos, mientras a los ancianos, mujeres, niños y heridos se les asesinaba, ya que iban en busca de gente joven y fuerte que les sirviera como remeros en sus barcos piratas. 24
Volvían los tiempos en los que los piratas malayos actuaban con mayor virulencia, si cabe, o mejor dicho seguían echándose a la mar desde sus bases de operaciones, en sus frágiles, ligeras y veloces embarcaciones, hechas a base de troncos de gruesos árboles que ahuecaban y manejaban varios remeros que con suma destreza burlaban a la marina sutil española que con sus lachas cañoneras, a veces se veían impotentes para reducirlos; cuando llegaban a las costas penetraban entre los manglares y se perdían entre ellos, apoyándose en la oscuridad de la noche, para llevar a cabo sus ataques por sorpresa a las poblaciones que eran saqueadas y diezmadas Su botín principal eran los cautivos que se llevaba con el fin de comerciar con ellos, venderlos como esclavos o con el objeto de ofrecer en sacrificio a sus dioses. Los dattos atacaban en grupo, haciéndose acompañar de sus sácopes y esclavos y vez efectuados los saqueos y repartirse los que habían cogido cautivos, se disolvían.
La isla de Basilao, era una de aquellas bases en tiempos de Villanueva, Este en los primeros meses de 1852, enviaba una comunicaión al Gobernador en funciones de las Islas Filipinas de que se había infrigido a “una orda de infieles no reducidos y a algunos malhechores que ejercían toda clase de excesos en las poblaciones sometidas a nuestro Dominio”
De estos hechos sucedidos en su provincia estaba al tanto por los informes que le enviaba el Subteniente honorario de la Marina sutil, esto es compuesta por una flota de lanchas cañoneras que aunque rápidas, eran incapaces de abatir la de los moros, sobre todo cuando entraban en las costas a través de los manglares, Don Matias Neri, y por las noticias que le trasladaba uno de los gobernadorcillos del pueblo de Tagoloan, llamado Cahito Abajo Eugenio. Los habitantes de él habían salido “a proteger a los reducidos de Alanib contra los de Malupali” hallándose “a nueve horas de la Cabecera de que reunidos los rebeldes en mas de trescientos a loas ordenes del datto Mansiquíabo se habían fortificado entre los nuevos pueblos de Dumalanguing y Calasnugay” pretendiendo desde su posición a estas y otras de la nuevas poblaciones que D. José de Villanueva había gestionado, por este temor a ser atacados por los malayos musulmanes muchos de los pobladores reducidos habían solicitado tal ayuda.
Don Anselmo Gómez Pastrano, En vista de tal estado de cosas, se ordenó que toda la tropa disponible, así como todos los paisanos que estuviesen en posesión de armas se incorporara al contingente, así lo hicieron estos poniéndose bajo el mando del gobernadorcillo Alejo Abajo y todos bajo las de D. Anselmo Gómez Pastrano diesen un severo escarmiento a Mansiquiabo y sus secuaces. De esta manera se protegia a los pueblos reducidos, para pasar después a los pueblos de Santa Isabel y Manis para castigar a los moros de Malupali.

El capitán Pastrano cumpliendo esta orden emprendió su marcha en la tarde del 6 de septiembre al mando de veinte y seis individuos de tropa y diez paisanos que se habían ofrecido voluntarios. En el pueblo de Calanarán se incorporó el resto de la fuerza de paisanos y de haber adquirido en Dumalanguing noticias de la situación del enemigo y del refuerzo que estaba esperando con el fin de interceptar nuestro su avance, inició el mismo al amanecer del día nueve siendo acompañado por el Maestre de campo Don Sarao y algunos de los que llevaba bajo su mando que se le habían presentado voluntario, aunque al poco tuvo que detenerse debido a la frondosidad y lo escabroso del terreno y tener la fatalidad el Maestre de caer enfermo que tuvo que regresar a su pueblo.
Ocurrió que cuando habían hecho un alto para el descanso, se vieron sorprendidos por los gritos que provenían del enemigo, comprobando que se aprestaban a su defensa, por uno de los flancos fortificados y cubriendo los otros por unos doscientos hombres en la cumbre de una montaña como en dirección a nuestras fuerzas. El Capitán Pastrano dio la orden de atacar y después de una hora de tenaz resistencia, recibiendo el lanzamiento de multitud de piedras, flechas y lanzas se llegó al cuerpo a cuerpo lograban desalojar a los moros de sus posiciones y hacerle huir a través del monte causando muchas bajas entre muertos y heridos, continuando la persecución hasta que se les perdió de vista.
Una vez repuestos nuestras tropas continuaron avanzando hacia el otro lugar donde se había fortificado el resto de los rebeldes; dispuesto a atacarlos, pero estos que acababan de sufrir la derrota, abandonaron antes de que llegara Pastrano y sus hombres, que se apoderaron de la fortaleza, que incendiaron después de recoger algunas flechas que habían abandonado.
Al mismo tiempo que ocurrían estos hechos, el paisano Roberto Fabiniao Ignacio que se encontraba en el pueblo de Manib cuidando a los reducidos batió a los de Malupali causándoles varios muertos y poniendo en fuga al resto, evitando que Pastrano interviniera.
José de Villanueva conseguía así como Gobernador y Alcalde mayor de Misamis, restablecer la tranquilidad entre los nuevos reducidos y recomendaba a once individuos de tropa y paisanos que se habían distinguido, en particular en estas operaciones y a los demás que se habían distinguido por su comportamiento y decisión. Una propuesta de Gracias que se hacía, a través del Gobernador de Filipinas, a S,M. La Reina. A los demás de la clase de paisanos que habían participado les otorgó un escudo con el siguiente lema: “Al patriotismo en Misamis. 9 de Septiembre de 1851”.
En 8 de Abril de 1852, era firmada y aprobada en el Ministerio de Guerra, en Madrid la propuesta de D. Jose de Villanueva: Relación de las Gracias que S.M., se ha dignado conceder por Real Orden de esta fecha y a propuesta del capitán General de Filipinas, a los individuos que a continuación se citan por sus servicios en la expedición dirigida en la provincia de Misamis contra el Datto Mansiguiabo y otros infieles.
Subteniente de Infantería y Capitán de la policía de Misamis Don Antonio Gomez Pastrano. Mención Honorífica. Cruz sencilla de María Isabel Luisa para: el Sargento 1º del mismo tercio, Marcos Bagabuyo Fulgencio. Cabo 1º del mismo tercio, Pedro Rivera. Soldados del mismo tercio. Francisco Baguilar Silverio. Matis Malapar de la Cruz. Vicente Sorla. Dionisio Rivera. Roberto Tambasal Teodoro. Prudencio Lagar Roque. Fabiano Quiraga Garciano. Antonio Dragón Hipólito. Subteniente de marina sutil D. Matias Nery.25
Perteneció Villanueva, desde el mismo momento de su llegada a Mindanao a la Sociedad Económica de Amigos del País, ejerciendo de corresponsal en la sección Comercio en esta provincia de Misamis.26
En 1852 se encuentra bajo la autoridad del nuevo Capitán General de las Islas D. Antonio de Urbztondo, Marqúes de la Solana. Continua como Alcalde Mayor de entrada. Secretario Honorario de S.M. Contaba su provincia con la asistencia religiosa a cargo de ocho sacerdotes. Seguía como corresponsal de la Real Sociedad Económica de Amigos del País.
En 1854, durante bajo el mandato del Gobernador D. Manuel Crespo, Marqués de Nov aliches, por imperativo de edad y haber cumplido su mandato, es relevado en la Alcaldía de Misamis, por D. Francisco Hidalgo y Caballero comisionado al efecto, pasando a ser Alcalde Mayor de entrada en posesión, de la Provincia de Tondo.
Esta era un Corregimento, en cuyo territorio se encuentra la Plaza y Ciudad de Manila, comprendiendo su jurisdicción 29 pueblos, Entrando por la Barra de Manila y costeando ambas orillas del Estero de Binindo, hacia el NO se encontraba a poca distancia el pueblo de Tondo , cabecera de la provincia. En ella se encontraba el mayor número de mestizajes, también de los Sangleyes o Chinos y en particular en la cabezera, donde residían la mayor parte de los españoles.
Su terreno es arenoso, una urbe colocada en las costa de la bahía. Sus habitantes se empleaban en la pesca y aparte de su propio abastecimiento comerciaban el producto de su captura en Manila, aunque también comerciaban con los buques que atracaban en el puerto. Las artes de pesca principalmente consistían en grandes redes, llamadas chinchorros, con las que capturaban grandes cantidades de pescado que preparaban para su conservación. Otros se dedicaban a la venta de mantequilla,quesos y leche, algunos se dedicaban a labrar la tierra y artes y oficios diferentes. Era una población donde se contaba con mas de ciento cincuenta telares en los que se tejían tapis,sayas, paños y rayadillos de seda y algodón con algunos sinamais o guinaras. Las mujeres se empleaban en la real renta del tabaco y otra eran tejedoras, traficando muchas con ropas y efectos en las provincias de Bucalan y Pampanga. Otras eran tenderas e el pueblo de cercano de Binondo. correspondía a esta jurisdicción la isla de Misig, donde se encontraba un cuartel de Caballería.
Los cargos de Alcaldes mayores, de real nombramiento, lo eran por un periodo de seis años.27 Francisco Hidalgo estaría poco tiempo ya que el 30 de mayo de 1855 será nombrado un militar D. Manuel Manella y Jiménez como Gobernador político – militar de la provincia de Misamis, al mismo tiempo que lo era en la provincia de Leite, D. Vicente Bouvier del mismo apellido de la esposa de Villanueva.28
CAPÍTULO V.- Alcalde mayor de la provincia de Tondo. Filipinas
En 1855 se encuentra residiendo en la capital, Manila y es corresponsal en la Sección Comercio de la Sociedad Económica de Amigos del País, disfrutando la secretaría honorífica de la Reina.
En 1856 se encuentra ocupando el puesto de Alcalde de entrada 3º de la provincia de Tondo, y es nombrado socio numerario de la Real Sociedad Económica de Amigos del País, Sección Comercio con el tratamiento de Sr. D.
En 1857, bajo el mandato del Gobernador de la islas, Don Fernando de Norzagaray, se encuentra disfrutando los Honores de Secretario de S.M. Alcalde Mayor de la 3ª Alcaldía, estando en posesión del destino desde el 18 de febrero de 1856. En Manila había tres Alcaldías Mayores, todas de término.
En 1859, Isabel II le concede el ingreso en la Real Orden de Carlos III.
Detrás del marco del cuadro de Güejar Sierra, había aparecido ya hacia años, el certificado de nombramiento por Isabel II de Caballero de la Real Orden Española de Carlos tercero.
“DOÑA YSABEL IIª, POR LA GRACIA DE DIOS Y POR LA CONSTITUCION DE LA MONARQUIA ESPAÑOLA REINA DE LAS ESPAÑAS.
En atención a las circunstancias que concurren en vos Don José María Villanueva, Alcalde que habéis sido de varias provincias de Filipinas. He tenido a bien nombraros, por Decreto de veinte y uno de Diciembre del año próximo pasado, Caballero de la Real y distinguida Orden Española de Carlos Tercero.
Por todo os concedo las gracias, franquicias, honores, distinciones y uso de Ynsignias que os corresponden á tenor de los Estatutos; confiado, por las cualidades que os hicieron digno de este honor, y por el celo hacia nuestra persona que tenéis acreditado, os esmeréis en observarlos y en contribuir al mayor lustre de la Orden. Y de este titulo ha de tomar razón el Contador de la misma. Dado en Palacio a diez y nueve de Febrero de mil ochocientos cincuenta y nueve.
Yo la Reyna. Yo Don Antonio Luis de Aruan Ministro Secretario de esta Real Orden, lo hice escribir por su mandado. Thomás, Patriarca de las Yndias. El marqués de Miraflores. (al pie) Título de Caballero de la Real y Distinguida Orden Española de Carlos III de que V.M., hizo merced á Don José María de Villanueva.
En el reverso del documento: Como Contador accidental de la Orden. Tomé razón. Fdo: Mariano Prendergast y Frias.”


Entre 1860 y 1864, cuando gobernaba en las Islas Filipinas Don Juan de Herrera Dávila, se encontraba residiendo en La Habana como corresponsal en la Sección Comercio, de la Real Sociedad Económica de Amigos del País. Contaba en esta última fecha, 83 años.
No tengo datos para afirmar o negar que regresara a España, su rastro se pierde en La Habana. Analizando los libros sacramentales de La Habana, pese a haber encontrado el nombre de Dolores Villanueva, posiblemente una de las hijas de D. José Villanueva, fallecida entre 1858 y 1863, él no figuraba con lo que es presumible que no falleciera en La Habana como venía creyendo.
DOCUMENTO Nº. 1
“DISCURSO INAUGURAL PRONUNCIADO POR EL SR. D. JOSÉ DE VILLANUEVA Y ARÉVALO, DEL CONSEJO DE S.M. Y OIDOR DECANO DE LA REAL AUDIENCIA DE SEVILLA, El Día 2 de Enero de 1830, a la Apertura del Tribunal, por ocupación de su regente el Sr. D. IGNACIO MARIN Y SÁNCHEZ. SEVILLA 1830.
SEÑORES
Si á vosotros solos, amados compañeros, tuviese que dirigir la palabra para recordar las obligaciones y juramentos que nos ligan, de dar siempre á cada uno lo que es suyo, callaría ciertamente; porque no pudiendo decir, sino lo que os he visto practicar con la mayor exactitud, integridad y pureza, podría mi pluma, ó mi lengua proferir menos de lo que convenía á la santidad del lugar, al decoro de la justicia: me oyen otros, y tal vez algunos que en este día solo vienen al santuario de las leyes, para buscar pretextos, con que desacreditar la autoridad. Como si fuésemos hombres de otra especie, examinan hasta los rincones mas secretos de nuestra vida privada, gloriándose, cuando encuentran lomas mínimo; porque cotejándolo con la obligación de conservar un corazón puro, recto y desinteresado; con los juramentos que hicimos cuando nos consagramos al servicio; con lo que exige la razón y la justicia de los que han de mantener la paz y la seguridad de todos, concluyen publicando las miserias del hombre, sin contemplar las virtudes del Juez, y lo que cuesta adquirirlas, y ejercitarlas; porque solo aspiran á degradar á cuantos le preceden en ciencia virtud y autoridad.
Llenos de principios de una igualdad, repugnante á la naturaleza, quieren volver al mundo de la desconfianza, el temor y la incertidumbre, que turbaron la sociedad primitiva; sin conocer que restituido el imperio de la fuerza, principiarían de nuevo las sociedades civiles; constituyendo una fuerza pública, que interpretando, y aclarando el derecho natural, regulase los deberes; prescribiese las obligaciones; y estableciese una norma, que los preservase de la fuerza de la opresión y de la injusticia de la usurpación: ocuparía la justicia el trono, ahuyentando con su terrible espada las pasiones inmundas de cuantos intentasen destruirlo:la templanza y la prudencia sostendrían la balanza, mientras que la fortaleza lo consolidaba. Vanas son pues é impotentes sus miras en desacreditar las personas, cuando el ministerio es preciso y necesario: inútiles sus esfuerzos: porque siempre han de sentir el peso de la autoridad establecida en beneficio común.
No, no esperéis hoy, una critica de las costumbres de los Jueces, de los Letrados del Ilustre Colegio, de los Subalternos de este Tribunal siempre justo: faltaría la primera obligación, que es buscar á toda costa la verdad, y daría un ejemplo reprobado por la santidad de nuestro ministerio, que dá cada uno, lo que es suyo.
¡Justicia santa! Tú que desde el seno del Eterno,bajaste al mundo para establecer la paz; que nos escogiste, para que sirviésemos fieles; oye los votos del último de tus admiradores, que accidentalmente ocupa el primer lugar en este distinguido santuario, no por méritos, no por servicios, sino por los años que hace que frecuenta esta casa; ilustrale con el rayo mismo con que alumbraste al sabio Legislador de las Partidas, cuando prefijaba la esencia de nuestro ministerio santo; para que al esplanarlo nada diga, que no edifique y confirme cada día mas en el cumplimiento de nuestro deberes;llenando así los deseos de el mejor de los reyes, y la esperanza de esta Ciudad y su Provincia.
Fizo nuestro Señor Dios, dice el Rey Don Alfonso en el proemio de la tercera partida, todas las cosas muy cumplidamente por el su grande saber: et despues, que las hovo fechas, mantovo a cada una en su estado: et con esto mostró cual es su grande bondad et justicia; et en que manera la deben mantener los que la facen en la tierra: cabien asi, como cuando la el quiso facer hovo saber, querer, e poder para la facer:otro silos que la justicia han de facer por el, han menester que hayan en si estas tres cosas:primeramente voluntad de la querer y amar de corazón parando mientes en los bienes, et en la proes que en ella yacen, la segunda que las sepan facer como conviene et los fechos demandasen los unos con piedad, los otros con reciedumbre; la tercera que hayan esfuerzo é poder para cumplirla con los que la quieren toller y embargar.
Tres son los requisitos esenciales del Juez: amor á la justicia, ciencia para administrarla y esfuerzo y poder para cumplirla: fácil me sería probarlo con ejemplos que han pasado á mi vista cuando las pasiones mas acaloradas, los partidos mas encarnizados quisieron sucumbieseis, atreviéndose hasta señalarlas víctimas, que querían inmolaseis con la espada de la justicia; felizmente pasó aquel tiempo,y siendo uno de vosotros no me es permitido ejecutarlo.
Platon y Plutarco, hablan del amor como de una inspiración de los Dioses, para conducir los corazones tiernos á las virtudes mas heroicas. Efectivamente el amor comprende en si todas las pasiones, porque todos los movimientos de nuestra alma son amores disfrazados, que toman ordinariamente el nombre del objeto á que se dirigen. San Agustín refiere las cuatro virtudes cardinales al amor, y siendo una de ellas la justicia resulta necesariamente la perfección de este amor; y podrá decirse que la justicia que da cada uno lo que es suyo, é impide que otro ejecute lo que no quiere que hagan con él mismo: es el manantial de todas las virtudes, y es la sola virtud que las encierra todas. ¿Podrá amarse la justicia sin practicar las demás? Si la queremos, debemos entregarle nuestro corazón para que disponga de él, así lo hacen los que de veras amana; ni oyen, ni ven, ni entienden sino el objeto de sus caricias y esto es cabalmente lo que exige en los Jueces nuestro sabio Rey, poniendo a la vista los bienes que nos causa, las ventajas que nos resultan.
El orden, la paz, y la seguridad son los frutos de la justicia; ¡que mayores bienes podemos disfrutar en sociedad? ¿que mayores ventajas? La discordia tiembla a su vista: las pasiones pierden su vigor y energía; y el amor propio, aquel padre fecundo de las virtudes mas sublimes, y de los vicios mas detestables, se vé precisado á sostener el imperio de la ley. Este es el milagro de justicia cuando premia, y cuando castiga: con razón se coloca en primer lugar el amor a la justicia.
Bien sabía Achaz los derechos de Nabot; le sobraba esfuerzo y poder para respetarlos,pero como no amaba la justicia, le quitó la vida para entregar la viña porque tanto ansiaba Jezabel: de nada pues sirve la ciencia, es perjudicial el poder cuando no los conduce el amor de esta virtud santa.
Aun tenemos otro motivo para darle enteramente nuestro corazón, y es que sin ella, no podemos sondear el inmenso caos de las pasiones que debemos combatir; es la antorcha que nos guía,para reconocer los tortuosos senos donde se abrigan, y el hilo de Teseo para salir del laberinto que forman.
Dar a cada uno lo que es suyo, es la cosa más sencilla en teoría, la más difícil en : la razón lo apoya, las pasiones lo resisten, y al paso que crecen estas, se aumentan los obstáculos que impiden conseguirlo:obstáculos en las pasiones del Juez, del Abogado, del Litigante, y del Subalterno; obstáculos en la oscuridad de algunas Leyes, en los inmensos volúmenes que ocupan, en el corto tiempo que hay para leelos meditarlos y estudiarlos:obstáculos que solo el amor que todo lo allana unido con la justicia puede vencerlos, allanarlos, destruirlos: para esto debe examinarlos, reconocerlos, pesarlos con la mayor detención, y sin los ojos de la ciencia y un grande esfuerzo, es imposible pueda conseguirlo.
La ciencia corrige los defectos del espíritu humano que engañándose ordinariamente sobre sus verdaderos intereses, prefiere la apariencia á la realidad; la opinión a la verdad: es un alimento saludable, que solo puede digerirse por estómagos fuertes y robustos: y un olor suave y delicado que trastorna las cabezas débiles:pero el que ama la justicia tiene el verdadero preservativo para economizar el tiempo dirigiendo toda su ciencia al cumplimiento de sus obligaciones. Lee y estudia, medita las leyes, examina los casos, tiempos y circunstancias:reconoce los escollos en que han perecido muchos; fondea el corazón humano, y auxiliado de la moral halla las causas, los efectos y los remedios de las pasiones:el origen de las virtudes, el modo de promoverlas para la felicidad del estado:aprende en la política que la justicia, la prudencia y el valor son las que producen todas las virtudes sociales; que el Magistrado es un padre, los ciudadanos hermanos,los súbditos hijos:la historia le presenta las leyes de todas las Naciones para que las convine con las patrias. No son perjudiciales al Juez los conocimientos de las bellas letras porque el mayor elogio que se prodiga al Canciller M. de L´Hopital, fue decirse que sabía templar la severidad de la justicia con la humanidad de las bellas letras.
Es verdad que esta clase de conocimientos no son indispensables en el Juez, pero debemos alegrarnos, cuando vemos que abandonan la lectura de un sin número de comentadores farraguistas,que solo sirven para obscurecer las Leyes mas claras, precisas, y terminantes, por ocuparse en leer á Homero, Virgilio y Cicerón; además que el estudio infatigable del Juez, lo penoso de sus tareas, no pueden hallar recreación mas inocente para que con mas esfuerzo y poder vuelva á principiarla. No le es penosos, ni difícil porque ama la justicia, que le da el poder, y el esfuerzo para cumplirla.
De poco sirve que la Ley conceda el poder, sino tenemos el valor necesario para arrostrar cuantos peligros se opongan. Bien sabéis el número de ellos, amados compañeros, pero no todos son iguales, ni de una misma naturaleza. Unos vienen de los atractivos de la belleza y hermosura, otros de la ambición y la avaricia, otros y son los peores, de la debilidad de nuestros corazones, que se espantan hasta de las sombras: el Juez no debe conocer otro miedo que el de faltar á la ley de quien es depositario, y ejecutar; ni otro peligro que el de perder la reputación de justo y arreglado:estudie las leyes del depósito, y júzguese asimismo teniendo presente que es depósito mas sagrado el de las leyes; que el Soberano se lo pide á cada hora, y debe volverlo íntegro, y sin la menor disminución.
Oiga la voz del litigante,que le pide los derechos, que tiene consignados en ellas contra el poder de las riquezas, ó la fuerza de la autoridad: Cierre entonces los ojos para no ver otra cosa que la justicia á quien ama, á quien ha entregado su corazón:ella le dará el esfuerzo para que no falte el cumplimiento de sus deberes.
Abogados de este ilustre Colegio, todos, todos necesitamos de las cualidades que exige nuestro sabio Rey. Si vosotros no amáis la Justicia no podéis ayudarnos como es justo para dar á cada uno lo que es suyo;si carecéis de la ciencia, confundís los derechos de las partes, y si no tenéis el valor necesario formareis paradoja, inventareis modos para obscurecer la verdad, abandonareis la justicia del pobre, para proteger la iniquidad del rico y poderoso.
Subalternos todos del Tribunal; amad la Justicia porque es amable,porque es una virtud santa, es una obligación de vuestros destinos respectivos. Sois las manos auxiliares que nos pone la ley, los ojos con que vemos la mayor parte de los negocios, y si nosotros hemos de dirigir todos nuestros conatos y esfuerzos para identificarnos con la justicia,es preciso que todo esté preparado y dispuesto por la justicia. Así todos tendremos los mismos principios, los mismos deseos; y unidos íntimamente con los dignos Ministros de este Tribunal serviremos á Dios y al Rey haciendo la felicidad de la Provincia.” DIJE.29
DOCUMENTO Nº. 2
Registrado Libro 4º f. 216 v.
D. José María Villanueva.
Por Real Decreto de 21 de Diciembre de 1858 S.M. Nombra Caballeros de Carlos 3º.
El Real Decreto está en la carpeta del Comendador de número D. Miguel Ponzoa y Sancho.
Villanueva pagó 1000 r. en 19 de febrero de 1859, su título se expidió en 18 días del expresado febrero y su razón se tomó el 26 del mismo, en cuya ficha se devolvió al Sr. Secretario. Libro 3ª fol.34
En 1858. Leg. 28. Grandes Cruces. 30
“Cadiz 7 de febrero de 1812
Montepío del Ministerio de Hacienda
Licencia concedida por el Sr Decano del Consejo Rl. Al Sr D. Josef Villanueva, Oidor de la Audiencia de Sevilla para casarse con Dª Ines Muñiz y Bouvier.
(A.H.N. Orden Carlos III)
DOCUMENTO Nº. 3
“ Cádiz 7 de febrero de 1812.
Montepío del Ministerio.
De la licencia concedida por el Sr. Decano del Consejo Real al Sr. D. Josef Villanueva Oidor de la Audiencia de Sevilla para casarse con Dª Inés Muñiz y Bouvier.
Yo Dr. Dn. Gregorio Manuel Guillen Cura Rector mas antiguo del Sagrario de esta Santa Iglesia Catedral en ella Maestro de Sagradas Ceremonias, Examinador Sinodial del Obispado y Calificador del santo Oficio de la Inquisicion. Certifico: Que en uso de los libros Parroquiales en que se apuntan las Partidas de Butismo de Españoles que se hacen en dicha Santa Iglesia al reverso del folio ciento noventa y siete se halla un Cap. del tenor siguiente: En la Ciudad de Cartagena de Yndias a veinte y tres de septiembre de mil setecientos ochenta y uno el Sr Dr. Dn. Gervasio de Guñan Presbiterto Examinador Sinodial de este Obispado y Maestre Escuela Dignidad de esta Santa Iglesia Catedral con asistente de mi el Dr. D. Lazaro Jose Blanco Cura Teniente del Sagrario de esta Santa Iglesia Examinador Sinodial de este Obispado y del de santa Marta y revisor de Libros del santo Oficio de la Inquisicion de esta Ciudad, bautizó, puso oleo y crisma a Josef Francisco Xavier Antonio de las Mercedes, que nacio el dia diez y nueve del corriente, hijo legítimo de Dn. Pedro Tomas de Villanueva y Berruezo y de Dª Paula Juana Arévalo y Vera. Abuelos Paternos: Dn. Josef de Villanueva Bustillo, natural de Gordejuela, Encartacion del Señorio de Vizcaya y de Dª Torivia Berruezo Gutierrez difuntos. Maternos: el Sr. Brigadier Dn. Antonio Arevalo y Montes y Dª Maria Teresa y Vera, quienes fueron padrino y quedaron advertidos todos de la Obligación y parentesco espiritual que contarian y lo firmaron. Dr Gerónimo de Liñán, Dr Lázaro José Blanco. Es copia del original a que me refiero, y a pedimento de dicho D. Pedro Thomás de Villanueva para los efectos que le convengan doy la presente que firmo en esta Ciudafd de Cartagena de Indias a doze de Mayo de mil setecientos noventa y un años. Dn.Gregorio Manuel Gullen. Concuerda con la partida de bautismo y su comprobación que a este efecto exibio ante mi el Sr. D. Jose Villanueva y Arévalo del Consejo de S. M. su Ministro en la Real Audiencia de Sevilla, a quien le devuelvo [..] Yo el infraecripto Escribano de S. M. del Colegio de la Corte, Notario de los Reyes, Oficial Mayor de la Escrivania de Camara del Supremo Consejo de las Indias doy el presente que signo y firmo en Cadiz a doze de febrero de mil ochocientos doze. Feliciano Garcia Sancha.”
DOCUMENTO Nº. 4
Estado político de las Provincias de Filipinas, en los tiempos en que fue Alcalde Mayor D. José de Villanueva y Arévalo. (De la Guía de Forasteros)
31“El Gobierno de las Islas Filipinas está a cargo de un jefe militar que, al título de Gobernador reúne los de Presidente de la Audiencia, Vice Patrono Real, Juez Subdelegado de la Renta de Correos, Postas y Estafetas, Director de las Tropas y Capitán general. Su autoridad,pues, abraza todas las facultades que se derivan de estos títulos, tanto para la administración como para la seguridad y defensa del territorio.
Las Islas se hallan divididas por provincias, y están regidas por Gobernadores político – militares, ó Alcaldes Mayores.
Los primeros ejercen la jurisdicción gubernativa, corriendo a cargo de sus tenientes, que deben ser letrados, la ordinaria en 1ª instancia; unos y otros son capitanes á guerra, y tienen a su cargo la cobranza del Real haber, bajo responsabilidad garantida (sic) con fianzas a satisfacción del Administrador general de Tributos.
Cada provincia está subdividida en pueblos más o menos numerosos, y cada pueblo tiene un gobernadorcillo con tenientes y alguaciles de justicia, cuyo número no es fijo; los cuales desempeñan varias comisiones, entre ellas la judicatura de sementeras, la de palmas y la de policía. En algunos pueblos donde hay suficiente número de mestizos sangleyes, que son los descendientes de los chinos, forman, cuando obtienen permiso del Gobierno, parcialidad separada, con gobernadorcillo y demás miembros de justicia tomados de su propio gremio. Los gobernadorcillos tienen en sus pueblos todo el cargo municipal propio de la autoridad que les confiere su nombramiento, con especial obligación de auxiliar á sus Curas párrocos en todo lo relativo al culto y observancia de los preceptos religiosos.. Conocen de las causa civiles hasta el valor de dos taeles de oro, ó de cuarenta y cuatro pesos; proceden en los casos criminales, á la formación de sumaria, con la cual dan cuenta la gefe de la provincia ; tienen obligación de atender á las cobranzas de Real cuenta y demás que previenen las ordenanzas de buen gobierno, y se les permite cobrar ciertos derechos que están determinados en sus mismos títulos.
Hay también en cada pueblo otros municipios, conocidos con el nombre de Cabezas de barangay, institución que, bien entendida, es la mas recomendable y digna de consideración del Gobierno, Cada cabeza está obligado á cuidar de 45 ó 50 tributos, que forman otras tantas familias, y es lo que se entiende por barangay, deben residir con ellos en el barrio ó calle señalado, atender inmediatamente al buen órden y armonía de sus individuos; repartir entre ellos todos los servicios que ocurran de comunidad, transigir sus diferencias, y recaudar el tributo, bajo fianza, para formalizar después su entrega al gobernadorcillo, ó al gefe de la provincia en derechura, como sucede en la de Tondo. Los cabezas son procuradores natos de sus barangais en cuantos negocios ocurren a la comunidad.
Las cabecerías, de origen mucho mas remoto que la reducción, fueron sin duda hereditarias. Actualmente las hay hereditarias y electivas, y cuando vacan, sea por falta de heredero ó por renuncia del propietario, se nombra el reemplazo por el Superintendente en las provincias cercanas a la capital, y en las lejanas por el gefe subdelegado respectivo, pero á propuestas del gobernadorcillo y de los demás cabezas. Esto mismo se practica en la creación de cualquiera cabecería á medida que se aumenta la población y lo exige el número de tributantes de cada pueblo. Los cabezas, sus mugeres y primogénitos, que son sus auxiliares para la cobranza del Real Haber, gozan la exención de no pagar tributo.
Los cabezas, en algunas provincias, sirven las cabecerías por tres años, y si no resultan en descubierto quedan reconocidos como principales en los pueblos, con título de cabezas pasadas y Don. Semejante sistema ofrece el grave inconveniente de multiplicar la privilegiada clase de principales que, reservada de los servicios personales,, recarga al estado llano ó polistas en proporción de su aumento. El Gobierno bien penetrado de las consecuencias de este inconveniente, dirige su atención á corregirle de la manera mas provechosa al pro-común y al servicio de S.M.
Las elecciones de gobernadorcillo y demás ministros de justicia de estas Islas, se verifican con arreglo á lo establecido últimamente en decreto del Excmo. Sr. Conde de Manila, Gobernador y Capitán general D. Narciso Clavería, su fecha 5 de octubre de 1847, con las modificaciones que al artículo 1º ha establecido el Decreto del Excmo. Sr. D. Antonio Urbiztondo, Marqués de la Solana, de 22 de febrero de 1853, preventivo de que las elecciones de gobernadorcillos se hagan todos los años ( excepto en los pueblos cosecheros de tabaco) desde 1º de Abril para que estén las propuestas en gobierno el 15 de Mayo y puedan posesionarse los nombrados en 1º de Junio siguiente.
Que presida el gefe de la provincia con asistencia del Párroco del pueblo, si gustase concurrir. Que á falta del gefe le sustituya el llamado a ejercer sus veces por decreto de 20 de Octubre de 1846, ó el español que nombre aquel si esto no pudiere cumplirse.
Que los electores para cada pueblo sean trece, a saber, el gobernadorcillo y doce vecinos,sorteados la mitad entre cabezas y gobernadorcillos pasados sin nota, y la otra mitad entre cabezas actuales,los cuales ademas han de tener oficio ó modo de vivir conocido, no pudiendo ser electores los criados de los alcaldes, gobernadores y sus tenientes, Curas párrocos y sirvientes de las iglesias, ni los demás que tengan tachas legales, enumerados en dicho decreto artículo 4º.
Para ser elegido gobernadorcillo se requiere ser natural ó mestizo de sangley, vecino del pueblo, mayor de 25 años,saber leer y escribir, haber sido teniente mayor ó cabeza sin nota, ó si lo es á la sazón tener sus cuentas corrientes, no ser arrendatario de propios y arbitrios del pueblo ni estanquillero, ni tener las tachas que para electores se prefijan en el dicho artículo 4º..
Las mismas circunstancias se requieren para ser teniente mayor y jueces mayores, que son los de sementeras, policía y ganados, solo que para estos tres últimos es necesario haber sido ya gobernadorcillo ó teniente mayor, y para este empleo basta haber obtenido sin nota, alguno municipal; todos estos cuatro son propuestos por la referida junta electoral pero sin formar terna..
para elegir oficiales de Justicia y testigos acompañados, acordarán la formación de una lista (antes de las elecciones de que se ha hablado) el gobernadorcillo saliente y común de principales, que presentarán al que presida el acto, quien oyendo al Cura y á los que forman la terna para gobernadorcillos, irá anotando los que merezcan ser aprobados, para inscribirlos en el acta que se ha de remitir al Superior Gobierno, y tiene facultades para formarla él por si solo, si no se pueden poner de acuerdo los principales.
En los pueblos donde los mestizos de sangley tienen gremio separado, se celebraran las elecciones con entera sujeción á lo dispuesto para los de naturales.
El acta de cada pueblo se extenderá en papel de oficio, y firmará el gefe de la provincia, el Cura, si hubiese asistido,los electores y el escribano, ó bien los que en su defecto le deban sustituir, según se explica en el artículo 12.
Todas las actas se remitirán al Superior gobierno, siendo procedentes de los pueblos de Luzon, Mindoro y Masbate, quedando testimonio de ellas en la alcaidias o gobiernos de donde procedan; acompañarán las papeletas de votación respectivas y harán aquellos gefes las observaciones que les sugiera su celo sobre las circunstancias de los comprendidos en terna para gobernadorcillos y demá cargos de justicia.
Las demás disposiciones de este decreto son secundarias y no se extractan por no permitirlo los estrechos límites de la Guía.
Habiéndose suprimido desde el 1º de octubre de 1850 el Gobierno- Intendencia de Visayas, en virtud de Real Orden de 17 de Marzo del mismo, y estando resuelto en su consecuencia, que las provincias de aquel distrito vuelvan en un todo al mismo régimen que estaba establecido antes de la creación de dicho Gobierno- Intendencia, deberán todos los gefes de las provincias Visayas observar, en cuanto a elecciones de ministros de justicia, el sistema antiguo de aprobar cada uno las de su respectiva provincia, haciendo oportunamente el pedido de títulos al Superior Gobierno, quien se los remitirá en blanco para que los entiendan, correspondiendo por lo tanto la resolución de las dudas que ocurran al mismo Superior Gobierno.
El gremio de chinos está en posesión de elegir de entre sus individuos cristianos, y en junta que preside el Alcalde mayor de Tondo, uno para gobernadorcillo, otro para teniente mayor y un tercero para alguacil mayor, á quienes el Gobierno libra los competentes títulos, en virtud de los cuales ejercen jurisdicción. Los oficiales de justicia en este gremio se llaman bilangos, y los nombra el gobernadorcillo entrante. Los electores son también trece y se componen del gobernadorcillo que ha de cesar, de los capitanes pasados, y de los cabecillas del tributo, y de champanes pasados y en ejercicio; cuando falta algún número se completa con los cabecillas de los oficios. Actualmente la cobranza de tributo ó capitación de chinos se hace directamente por el Alcalde mayor en la provincia de Tondo, con un interventor; en las demás provincias la hace por si solo el gefe de cada una. Rige para esta exacción un padrón donde se hallan matriculados y clasificados los chinos, el cual determina la cuota de cada contribuyente según su clase.
Los gobernadorcillos y oficiales de justicia merecen del Gobierno la mayor consideración por las honorificas y ultísimas funciones de sus empleos. A los gefes de provincia se les impone por obligación el que los estimen cual corresponde a sus respectivos ejercicios; dándoles asiento en sus casas y en cualquier parte, sin consentir estén en pié ni permitir que los Curas Párrocos los traten con menos estimación.”
DOCUMENTO Nº 5
Graduado de Doctor por la Universidad de Alcalá.
“Por carta de pago dada en veinte y siete de Marzo último por el Sr. D. Antonio Noriega Tesorero general de S. M., que original queda en esta Tesorería de Valores y consta haber recibido de Josef de Villanueva y Arévalo Doctor en la facultad de Cánones de la Universidad de Alcalá, dos mil novecientas y cinquenta mrs. de vn., que causa el derecho de la media anata por haberle concedido licencia para exercer la Abogacía en la forma ordinaria.
Y para que conste doy esta Certificación en Madrid a catorce de Abril de mil ochocientos seis.
Por Ocupación de Sr. Contador general
Manuel Álvarez Saelices.”
(A.H.N. Del expediente sobre que se le conmuten dos años de prácticas. CONSEJOS. 12165. Exp.16)
DOCUMENTO Nº 6
Escrito de Narciso Clavería, Gobernador de las islas Filipinas al Secretario de Estado
solicitando recompensas para D. José Villanueva y otros.
“Gobierno y Capitanía General
de Filipinas
Excmo. Sr.
Desde mi último parte nº 382, de fecha 18 de Julio próximo pasado, la tranquilidad pública prosigue sin alteración alguna, habiéndose sabido los sucesos ocurridos en esa Corte el 7 de Mayo último y en Sevilla el 13, tan felízmente terminados ambos en favor del orden.
Las lluvias que han seguido cayendo tanto en el distrito de esta Capital, como en las Provincias, han extinguido la langosta y hecho desaparecer alguno que otro síntoma de cólera que se había presentado, y prometen una singular cosecha.
Aprovecho la ocasión de noticiar a V.E, que por el celo y actividad del Alcalde mayor de Misamis auxiliado de algunos principales, se ha logrado la reducción de varios Dattos de monteses y moros con considerable número de us sacopes de los que habitan alrededor de aquella provincia, por cuyo servicio tengo acordado las recompensas a que se han hecho acreedores los que lo han conseguido.
Es cuanto tengo la satisfacción de participar a V.E. Para el Soberano conocimiento de la Reyna Nuestra señora (Q.D.G.)
Dio0s guarde a V.E., muchos años.
Manila 4 de Agosto de 1848.
Excmo. Sr.
Narciso Clavería
Excmo. Sr. secretario de esrtado y del Despacho de la Gobernación del Reino.”
(A.H.N. ULTRAMAR.5161.Exp. Nº 33)
DOCUMENTO Nº 7
Comunicación de la reina para darle las gracias a D. José de Villanueva y Arévalo.
“Dirección de Gobierno
Ultramar
Al Gobernador , capitán General de Filipinas.
Madrid 3 Noviembre 1848
Excmo. Sr.
Por la carta de V.E. Nº. 384, de fecha 4 de Agosto último, se ha enterado la reina con agrado de haber conseguido el Alcalde mayor de Misamis, auxiliado de algunos Principales, la reducción de varios Dattos de monteses y moros con considerable numero de sus sácopes de los que habitan alrededor de aquella provincia; siendo la voluntad de S.M., que de V.E., las gracias de su Real nombre a los expresados Alcalde Mayor y Principales, por cuyo celo y autoridad se ha obtenido aquel ventajoso resultado.
Lo comunico a V.E a real Orden,para cu conocimiento y efectos consiguientes. Dios Guarde.”
(A.H.N. ULTRAMAR. LEG. 5161. Exp.33)
DOCUMENTO Nº 8
Instancia manuscrita de D. José Villanueva dirigida al Sr. Rector de la Universidad de Alcalá
“Señor Rector
Dn. José Villanueva y Arevalo, natural de la Ciudad de Cartagena de Indias, Diócesis ejurdem, Cursante de octavo Año de Jurisprudencia, A VS. Con el mayor respeto expones: haberse matriculado el Curso pasado en séptimo año con protexta: la que no ha podido evacuar pr los motivos qe son notorios, y trascendentales a quantos Escolares tienen pendiente semejante solicitud:Por tanto.
A VS. Suplica se digne mandar qe el Secº de esta Universidad le matricule en dicho octavo Curso de Jurisprudencia bajo la misma protesta pa qe no se le paren los perjucios qe de lo contrario se le seguirian en qe recibiera especial merced. Alcalá 23 de noviembre de 1802.
José Villanueva y Arévalo”
(A.H.N. UNIVERSIDADES. Leg. 507. Exp.136)

DOCUMENTO Nº 9
Instancia de D. José Villanueva al Sr. Rector de la Real Universidad de Alcalá.
“M. y S.
D. José de Villanueva y Arévalo natural de Cartagena de indias Diócesis Ejurdem A VS. Con el debido respeto y veneración expones qe hallandose pendiente la real Provisión qe solicita, para pasar el séptimo Curso de Cánones la qe consta a VS. necesita aun del informe del Ilmo. Claustro de esta Universidad; y llegando el tiempo prescrito pr Real Ordenes pa cerrarse la matricula, y no pudiendo hacer, sino con protesta, pr tanto.
A VS. Suplica se sirva mandar se el matricule con la protestra de formalizar la matricula dentro del termino qe VS. Se digne señalar:favor qe espera de la nota benignidad de VS. Cuiya vida pide al Altisimo quarde y prospere mucho años.
Alcalá 21 de Noviembre de 1801
José Villanueva y Arévalo.”
(A.H.N. UNIVERSIDADES. 507. EXP.136)
DOCUMETO Nº 10
Instancia dirigida al Rector de la Universidad de Alcálá D. Domingo Francisco Ferro, por D. José de Villanueva y Arévalo. En la documentación anexa consta que le fue aprobado el recurso pasando a cursar el siguiente Curso.
“José Villanueva y Arévalo Cursante de Jurisprudencia en ella, con el debido respeto hago presente a VS. que habiendo ganado el quinto año de esta facultad para pasar el sexto solicitó en el Consejo de Castilla que pues tenia ganados en dos veranos dos cursillos de Cánones, me habilitase este de sexto y tuviese por ganado para poder pasar al séptimo, hecha esta gracia y con efecto de esta solicitud pidió el Consejo informe al Claustro quien le evacuó favorablemente, motivo por que la protesta ordinaria me admitió VS., admitirme a la matricula de séptimo el que gané y no probé esperando los resultados del Consejo, y por que VS., tenía mandado, que a ningún matriculado con esta protesta se le diera cédula; el recurso está pendiente aún, mas como según las noticias, que a público corrían a la entrada de este curso, que acaba de expirar, de que no dispensaba el Consejo ya, me matriculó el Secretario en el sexto año, que igualmente tengo ganado en este Curso. Por esta relación tan circunstanciada y cierta conocería VS., que el haber alterado el orden no ha consistido en mi, y si en esperar los resultados del Consejo, y el la práctica de esta Real Universidad en admitir bajo de protesta a los que tengan recursos pendientes. Así que y mediante que la universidad ha admitido a algunos de otras Universidades al estudio postgarado del methodo para que en ellas no se requería.
A VS., suplica tenga a bien mandar al Secretario que incorporándome al sexto año que acabo de ganar, lo haga también del año séptimo que gané en el año anterior, y que al efecto el Dr. D. Venancio Dusmet cathedrático de este año me libre la cédula, que no lo ha hecho por el mandato de VS, que arriba apunté, y recibir mercedes de VS., cuya vida guarde Dios guarde muchos años. José villanueva y Arévalo.”
(A.H.N. UNIVERSIDADES. 507. EXP.136)


DOCUMENTO Nº11
Pedimento presentado por el Señor Josef Ortíz de Herboso en represantacoión del D. José Villanueva ante el Consejo de Castlla, co su resolución.
(A.H.N. UNIVERSIDADES. 507. EXP.136)





DOCUMENTO Nº 12
Discurso inaugural que en la Junta General Pública, celebrada por la Real Sociedad Económica de Sevilla en las sesiones de los dias 19, 20, 21,22, 23 de Diciembre de 1828 leyó su actual Director el Excmo. Sr. D. José de Villanueva y Arévalo.

"Cuando en estos días, consagrados al premio del trabajo y de la virtud por la Sociedad, que tanto se desvela en promover la Educación, la Agricultura, el Comercio y las Artes, veo que los Sabios, amantes de la prosperidad de esta hermosa parte de la Bética, convencidos de la necesidad de estos actos, los honran con su presencia; que el artesano deja su taller; y el Pueblo ansioso corre para celebrar la juventud, que llena de entusiasmo espera el premio que ha merecido su aplicación y constancia, se embelesa mi alma, contemplando las virtudes de todos, y mi entendimiento se lisonjea con la esperanza alhagüeña y consoladora de una generación futura, capaz de enjugar el torrente de lágrimas que la impiedad nos hace derramar; de restablecer en su trono el imperio de las virtudes desterradas por la anarquía; y de curar para siempre las heridas y llagas, que nos causó la revolución; borrando hasta las cicatrices, que todavía rojean á la vista menos penetrante.
Sí, amados Compañeros, estos son los deseos que animan vuestro corazón, esta la esperanza de todos. Llamáis al Pueblo, para que admire este plantel de padres de familias que, criados en el ejercicio del trabajo y de las virtudes, serán algún día la verdadera fuerza del Estado; este deposito de aguas puras, cristalinas y saludables, que con el riego de su doctrina han de fertilizar nuestro suelo; este fruto de la educación mas selecta y esmerada, en que al paso mismo que nacen y crecen las virtudes, se arrancan y destierran los vicios haciendo que las pasiones mismas los destruyan por los medios mas suaves, sencillos y naturales. La continua meditación sobre el estudio del corazón del hombre, sobre el modo de obrar y desenvolverse las pasiones, sobre el influjo de las virtudes en la prosperidad de los pueblos, os hizo aprender en la naturaleza estos arcanos; ella os ha enseñado, que el amor de la gloria es el estímulo mas fuerte para animar al trabajo. Este amor, que reduce á cenizas y escombros las mas ricas y florecientes ciudades, que convierte en espantosos desiertos los imperios mas fuertes y formidables, postrándolo todo bajo el corvo alfanje del ambicioso conquistador; que con su aparente brillantez fascinó los ojos de los Griegos mas sabios, obligándolos á que ciegamente dejasen el cultivo de las tierras y el ejercicio de las Artes en manos de los Uliotes, que despreciaban, porque no lo creían compatible con ocupaciones tan bajas y groseras, se abate en el dia hasta enseñar al ínfimo del pueblo el mecanismo mas tosco, siempre que sea útil y necesario para adquirir la riqueza pública; visita las chozas y caseríos mas humildes para derramar en sus habitantes el bálsamo del consuelo, por que ya no le conducen la ambición ni la avaricia, guíanle solamente la templanza y el amor de los hombres: por eso no mata, arruina ni destruye; sino repara, levanta, edifica y ejecuta cuanto conduce para hacer ricos y felices los Estados.
¿Son acaso diferentes los principios que adoptamos para alcanzar la felicidad, que los que enseñaron los Griegos, que tanto ilustraron la política y la moral? será lícito abandonar la senda que nos trazaron Sócrates y Platón, Arístides y Phocion? No, no abandonamos las reglas que nos prescribieron; variamos, sí, en las consecuencias que se deducen de ellas: el tiempo y la esperiencia de muchos siglos son la causa verdadera de la diferencia que se advierte. Convenimos, en que las virtudes son la piedra angular de la prosperidad general; que las pasiones son como la arena, que bien mezclada con la cal perpetúa los edificios; cuando usada por sí sola no puede darles sino una existencia efímera; pero debemos variar necesariamente, cuando señalamos las virtudes que se han de cultivar con preferencia, y las pasiones que pueden y deben auxiliarnos para arrancar y destruir los vicios mas perjudiciales y detestables, dando á las unas y á las otras mayor ó menor extensión, según la diferencia de la Religión que profesamos; según el estado de cultura y civilización de las naciones; según las mutuas relaciones que deben reinar entre todas. Asi ellos consideraban la pobreza como la primera virtud en el hombre y en el ciudadano; nosotros creemos que destruye los Estados: miraban las riquezas como un principio de ruina y destrucción; nosotros las vemos bajo de otro aspecto mas interesante, porque las consideramos como el fruto del amor al trabajo y de la gloria, que dirigidos por la templanza hace felices y opulentas las naciones. Materia la mas conveniente para tratarse en el día en que la juventud presenta sus obras ejecutadas por la combinación de estas virtudes que son las fuentes de la riqueza y de la prosperidad. Bien penetrados estáis de esta verdad, cuando con el mayor esmero promovéis el trabajo y plantáis las semillas del amor de la gloría en los corazones de vuestros alumnos.
Quisiera examinarla con la detención que necesita materia tan interesante; pero lleno de ocupaciones de otra especie, me falta el tiempo para reunir la multitud de pruebas que la convencen sobrándome solo el deseo de emplearme en beneficio público y obsequio vuestro. Sí, amados Compañeros, la constante experiencia de la bondad con que no solo me colocasteis en éste sitio, sino que habéis querido permanezca en él; me anima para esperar me oiréis disimulando las faltas que la premura del tiempo y la multitud de ocupaciones que me rodean, me han hecho cometer. Oidme, pues, Señores benignamente. Si en aquellos tiempos, en que la pobreza se consideraba como el primer grado de virtud en el hombre y en el ciudadano, sé hubiera propuesto la riqueza, como necesaria para la felicidad de los Estados; la historia de Atenas y de Roma, la de Tyro y de Cartago bastaban para confundir al que osado se atreviese á pronunciarlo. Entonces la hermosa Tyro y la industriosa Cartago eran reputadas como las corruptoras de las naciones, que contentas antes con las riquezas que la prudente naturaleza reparte en cada clima, vivían dichosas, sin vanidad y sin lujo. La púrpura brillante y las galanas superfluidades presentadas por los Fenicios y Cartagineses, introdujeron el gusto á cosas raras y esquisitas, y poseídas de él las gentes llegaron hasta despreciar los bienes sólidos que poseían. Dueños los Tyrios y Cartagineses por este medio de las riquezas del mundo, solo pensaron en la Navegación, el Comercio y las Artes; solo trataron de comprar, vender y permutar, reuniendo tesoros inmensos; pero en su mayor opulencia fueron vencidos por las virtudes de Alejandro y de Scipion Africano.
La Grecia tampoco pudo resistir el egemplo de las demás naciones, á pesar de los esfuerzos con que Sócrates y Platón, Demóstenes y Phocion encomiaron el egercicío de las virtudes combatiendo el amor de las riquezas. Bastó un Pericles para corromper á Atenas: siguieron su egemplo Lisandro Cleon y Alcibíades hasta que embriagados con los placeres del lujo fueron dominados por Filipo, en cuyo campo estaban las virtudes desterradas de Atenas.
Roma, la soberbia Roma, que con su frugalidad y pobreza se alzó con el dominio del mundo, fue también víctima del poder de las riquezas. Luego que hizo tributarias las demás naciones, cada una por vengarse le entregó sus Dioses, sus costumbres, y los vicios mismos que habían labrado las
cadenas de su vergonzosa esclavitud. De aquí nacieron la retirada de la plebe al Monte Sacro y Aventino, las disensiones de los Gracos, la guerra de los Gladiatores, las civiles, hasta que vencido Antonio en la batalla de Actium, quedó Augusto solo dueño de la libertad de Roma. ¿Y podremos contestar á ejemplos tan palpables? á argumentos tan irresistibles? Ellos, sin duda alguna, fueron bastantes, eran suficientes para que los filósofos y los políticos se decidiesen á sostener con ardor, que las riquezas corrompían los Estados porque desterraban las virtudes, entronizaban los vicios. Por esto las riquezas entonces eran un objeto estéril de la política: preocupados con los principios, engañados con los egemplos, temieron acercarse á examinar si podían ó no ser útiles, por no caer deslumhrados con su falsa brillantez, y seducidos con su dulzura alhagüeña.
El tiempo y la esperiencia nos han obligado á examinarla: y en el día, en que la Industria, el Comercio y las Artes son el apoyo mas fuerte de la prosperidad de los pueblos; las riquezas forman el objeto mas interesante de la política. Desde que las naciones se constituyeron en cierta clase de quietud, cesando el vértigo de las revoluciones; desde que el oro lo representa todo y las naciones comerciantes y agriculturas han elevado su trono sobre las guerreras; desde que se ha experimentado que las riquezas corrompen cuando son el fruto de una desoladora conquistado de otra inerte, adquisición; pero no cuando son el resultado de un continuo trabajo, de una vida enteramente ocupada, ha sido indispensable que la política se valga de ellas sino quiere que se desplome el Estado. He aquí la diferencia que se nota entre nosotros y los antiguos. Entonces á cada, paso se presentaban hombres que conducidos por la soberbia y la ambición, hacían temblar la tierra, fundando su, gloria en destruir sus semejantes, y apoderándose de sus bienes amontonaban riquezas con los saqueos y devastación de los pueblos, de las provincias y de los reinos. Se peleaba entonces solamente por la libertad, y sin otra alternativa, que vencer, ó ser esclavos del conquistador; y aunque el amor de la gloria era el ídolo de ambos, como el uno era falso y aparente, y el otro verdadero, vencia ordinariamente el pueblo mas virtuoso, sucedió en Leuctra, Plateas, Marathón, Salamina y Martinea: asi Leónidas con solos trescientos Lacedemonios detuvo las fuerzas inmensas de Jerjes en las Thermópilas: asi también hubieran vencido á Filipo.
Los anales de la Europa nos demuestran lo contrario, el pueblo mas rico vence frecuentemente al mas pobre. Ahora se declara una guerra por tomar un puerto cómodo para el Comercio, por la posesión de una mina, por la pesca del bacalao, por el clava y la pimienta, en una palabra se pelea por la riqueza, mas bien que por la libertad. ¿Quien temería en el estado presente de la Europa á una nación que tuviese el principio, las miras y los establecimientos que la República Romana? qué sucedería actualmente á un Estado que como en Esparta desterrase el oro y la plata, prohibiese el Comercio y envileciese las Artes? Conservaría con la pobreza la frugalidad, y con esta la fuerza, la tolerancia en las fatigas, el valor y la severidad y rigidez da costumbres; pero faltándole las riquezas, á pesar de sus virtudes, tendría que sucumbir bajo el yugo del mas rico. Se acabó el tiempo en que con solas dos legiones se declaraba la guerra á una nación entera; ahora se necesitan ejércitos, y estos de tesoros inmensos. Ya no se decide en un dia de la suerte de un Estado sin haber consumido antes muchos millones en vestuarios, armamentos, monturas, municiones y demás; sin tener almacenes provistos, hospitales planteados y un sin número de preparativos, que se hacen bien con el oro, y con la plata que justamente lo representa todo. Pues si solo las riquezas son las que sostienen esas masas inmensas, que son las verdaderas fuerzas ¿qué extraño es que se considere mas fuerte al que tiene mayor número de soldados disponibles, porque es mas rico? Luego el rico es el mas fuerte: y por eso los políticos hacen tanto caso de las riquezas, que provienen del sudor del artesano, del comerciante, y del labrador; porque ademas de su utilidad, no fomenta la ociosidad, que es la que arruina los pueblos quitándoles las virtudes, son el fruto del trabajo conducido por el amor de la gloria, moderado por la templanza: virtudes indispensables para conservar las Sociedades.
Aunque todas las virtudes merecen cultivarse porque contribuyen á la felicidad de los hombres, como no todas exigen el mismo cuidado y diligencia, es preciso escoger aquellas que influyan con mas eficacia para conseguirla. De acuerdo con la moral nos enseña la política, que la justicia, la prudencia y el valor que según su dignidad son las primeras, producen el orden, la paz y la seguridad; pero necesitan el apoyo de la templanza, del amor al trabajo y de la gloria, que son como las bases y auxiliares de todas las virtudes: razón por que en el orden político ocupan siempre el lugar mas preferente. La primera convidándonos á vivir contentos con lo que indispensablemente exige la naturaleza para la conservación, disminuye y simplifica el número de las necesidades. El amor del trabajo, que es la segunda, impide que la templanza tenga que combatir con la ociosidad, y con el fastidio y enojo que siempre causa la inacción del alma y del cuerpo, teniendo ambos en continúa ocupación y repartiendo sobre los placeres mas honestos, una alegría capaz de satisfacernos; templa la imaginación, sujetándola para que no vague buscando nuevas y desconocidas sensaciones. La tercera, que es el amor de la gloria, nos encanta de tal modo que nos hace olvidar hasta la existencia, y comunicando un ardor extraordinario á las dos primeras virtudes las obliga á deponer su natural timidez y arrollan impávidamente el tumulto de las pasiones.
Siendo, pues, el objeto de la política facilitar la práctica de la justicia, de la prudencia y del valor, para conseguir el orden, la paz y la seguridad; debe combatir con preferencia las pasiones que nos impidan ser justos, prudentes y valerosos. ¿Cómo podrá conseguirlo sin la templanza, el amoral trabajo y de la gloria? La primera vence á los enemigos de la justicia, la segunda preside á todos sus actos y deliberaciones, la tercera le anima á ejercitarlos con exactitud, legalidad y pureza, sin que los respetos humanos, ni el temor sean capaces de impedir su marcha majestuosa el interés la obstruya , ni las pasiones exaltadas puedan separarle de dar á cada uno lo que es suyo. ¿No será siempre mas prudente el templado laborioso, y amante de la gloria, que el destemplado inerte y lleno de egoísmo? no será aquel mas fuerte que este? Justamente la política las coloca en lugar tan preferente, porque conducen por la mano á las primeras virtudes morales, facilitan su práctica, dándoles el vigor necesario para destruir los vicios, peste de las costumbres, destrucción de los Estados.
Aun por el placer que siente el alma en el egercicio de estas virtudes puede manifestarse su necesidad, valiéndome con preferencia de la conversación de Sócrates con Euthidemes que nos conservó Jenofonte como la decisiva para probarlo. ¿Habéis pensado (dice Sócrates hablando de los pleitos) que el desenfreno que solo trata de los placeres, sabrá hacer gustar alguno como él es en realidad, con templanza y sobriedad que son las que verdaderamente hacen gustoso el placer? Es propio del divertimiento no aguardar el hambre ni la sed, ni los estímulos del amor, ni las fatigas de las vigilias, que son sin embargo las verdaderas disposiciones para comer y beber deliciosamente, y para encontrar un placer esquisito en las proximidades del sueño: este es el motivo porque el desarreglado siente menos dulzura en las acciones mas precisas, y que se ejecutan con mas frecuencia; pero la templanza, que nos acostumbra á esperar la necesidad, es la que nos hace sentir un placer puro y estremado: esta virtud que pone á los hombres en estado de perfeccionar su cuerpo y su espíritu, de gobernar dichosamente su familia , de servir con utilidad á sus amigos y á su patria, y de vencer los enemigos; lo que no solo es ventajoso á la común utilidad, sino muy agradable por el contento interior que la acompaña, en lo que no tienen parte las diversiones ilícitas. ¿Qué parte podrán tener en las acciones virtuosas aquellos cuyo espíritu está todo ocupado en buscar los placeres presentes? qué diferencia hay entre un irracional y un voluptuoso que no considera lo que es justo y ciegamente sigue lo que es mas agradable? Únicamente pertenece á las personas templadas y laboriosas el buscar cuáles son las cosas mejores, y después de haber hecho un discernimiento por la esperiencia y la razón abrazar las buenas y apartarse de las malas. Esto es lo que juntamente hace dichosos, hábiles y virtuosos.
Aun cuando quisiésemos cerrar los ojos para no ver esta luz tan clara y penetrante, aun cuando quisiésemos ciegamente separarnos de la doctrina de Sócrates sobre la templanza y el amor al trabajo; bastaba considerar que los placeres destruyen los principios de la prudencia y de la justicia, sin los que ningún pueblo puede subsistir: bastaba considerar que debilitan el cuerpo en términos que jamas deben esperarse de ciudadanos débiles las fatigas, las vigilias, Japaciencia y los trabajos de que depende la salud pública: bastaba que amortiguasen el amor de la patria haciendo reinar el egoísmo. No, no es tan duro el egercicio de la templanza y del trabajo, porque lo suaviza el placer que causa la conservación de derechos mas preciosos.
La libertad, la seguridad y la propiedad, son tres objetos «que con razón exigen de nosotros los sacrificios mas penosos. La historia nos presenta al Griego y al Romano, al Egipcio y al Persa esponiéndolo todo por conservarlos. Nosotros mismos somos testigos de lo que ha pasado en nuestros dias cuando un tirano usurpador quiso privarnos de ellos; abandonamos las casas, los pueblos, las ciudades y las fortunas por conservar la libertad; tómanos las armas para vivir seguros y recobrar la propiedad, y ¿acaso no lo conseguimos todo porque la templanza, el amor del trabajo y el de la gloria nos animaba? Pues si tanto debemos á objetos tan caros y preciosos, que lo esponemos todo cuando abiertamente se nos quiere despojar de ellos ¿por qué no perseguimos al enemigo mas fiero y solapado? por qué capitulamos con la ociosidad y la inercia? por qué nos dejamos alucinar con sus lisonjeras esperanzas? Ellas son como las palabras de Circe, la voz de las Sirenas, los encantos de Medea: llaman libertad al desenfreno de las pasiones, seguridad y tranquilidad á la impunidad, propiedad á las usurpaciones, y con este lenguaje encantan, alucinan, engañan. No es difícil conocerlos, porque poniendo su felicidad en gozar sin trabajo, nada hacen; pasan el tiempo llamando á las pasiones para que llenen el vacío en que se halla su alma que no puede sufrir el tedio que siempre acompaña á la inercia. Los miembros se debilitan, la salud se acaba, los bienes se disipan; y como han cegado la fuente del trabajo, cambian la propiedad por cualquier ligero placer en el juego, en la crápula, en la desenvoltura. ¿Vivirá seguro y tranquilo este miserable esclavo de las pasiones todas? lo estarán los demás con él? Justo es que pierda la libertad el que siempre está dispuesto á oprimir la de los demas, sumergiéndolos en una sentina de vicios. Justo era el destierro con que los Romanos castigaban los ociosos, llamándolos el oprobio del mundo la ignominia del linaje humano: justas las leyes de los Egipcios, que les quitaban la vida porque violan los derechos mas sagrados: son esclavos de las pasiones, de los placeres, enemigos de la patria, que solo puede existir con el ejercicio de la templanza y del amor al trabajo. Si este adquiere las riquezas, aquella las conserva para darles el uso que exigen las necesidades públicas; si quiere aumentarlas en perjuicio de otro, la templanza lo impide; si aquel se escede en el modo, en ej tiempo y en las circunstancias, esta lo modera: bastarian las dos solas para hacer que reinase el orden, la paz y la seguridad en los Estados, si depusiesen la timidez con que naturalmente ejecutan sus operaciones: el trabajo por su naturaleza abate, la templanza oscurece; pero el amor de la gloria animando los dos, hace que salgan de la oscuridad y abatimiento.
Asi vemos que, cuando la templanza y el trabajo no salen de lps estrechos límites de un taller, donde solo se miran las necesidades de familia, sin otro fin que proveerla de lo necesario; marchan tímidamente por las sendas que les trazaron los maestros: no inventan, no adelantan, y por eso no prosperan las Artes, no aumentan la Industria, no dan acción al Comercio. Está reservado al amor de la gloria el hacer que el trabajo sea la fuente de todas las riquezas, haciendo que el hombre, saliendo fuera de sí, no tema gastos, fatigas ni pérdidas, cuando se trata de la felicidad pública. Para esto le presenta la dignidad de su origen, la extensión de su capacidad, la claridad de su razón, la firmeza de su entendimiento, el señorío de su voluntad, la imagen y semejanza de la divinidad, que le hacen capaz de crear é inventar cosas nuevas, y de perfeccionar las antiguas; obligándole todo á trabajaren beneficio público. Encendido este amor, presenta la Agricultura los frutos mas abundantes , copiosos y exquisitos en todos los lugares y en todas las estaciones; las Artes sacan de las entrañas de la tierra los metales, y valiéndose de su ductilidad hacen que sirvan hasta para representarlo todo; se estiende la navegación hasta los rios; se forman canales; se construyen palacios y fortalezas; se especula para extraer lo sobrante, trayendo en cambio nuevos frutos, máquinas é invenciones para rivalizar los extranjeros: toda la tierra, en fin, muda de aspecto luego que el amor de la gloria conduce al trabajo.
El amor de la gloria, que antes anidaba solo en los corazones guerreros, porque se creía que la verdadera gloria consistía en dominar con las armas, llevando á todos los ángulos de la tierra el horror, el espanto y la muerte; ahora anima, como antes, á las almas grandes y generosas aun cuando piensen en la paz: porque el estado del siglo, las relaciones mutuas de las naciones y su cultura , han demostrado que la verdadera gloria consiste en hacer felices los pueblos; que el deseo de distinguirse, hijo primogénito y querido del amor propio, se halla igualmente en los amantes de la paz y de la guerra, en el sabio y en el necio, en el malvado y en el héroe; que bien conducido, produce el amor de la gloria; guiado por el egoísmo, la vanidad, la soberbia, la ambición y la avaricia: por eso lo que en unos es vanidad, en otros es amor á la gloria: dora la carroza del rico, y hace resplandecer la espada del guerrero; mete á Poppea en los baños de leche, y á Lucrecia el puñal en el pecho; hace que Creso manifieste sus tesoros, y que Mucio Scebola ofrezca su mano al fuego; que Horacio Gocles se arroje del puente Sublicio, y Curcio en la sima; que Gincinato deje el arado para tomar la Dictadura, volviendo á él tranquilo y Heno de placer, porque salvó la patria. Seguramente es el medio mas proporcionado para escitar y mover el alma, con tanta mas fuerza cuanto mayores son Jos obstáculos que tiene que vencer. ¿Quien será capaz de formar el catálogo de los hombres grandes que han sabido por él sacrificar sus bienes, sus fortunas, sus placeres y su vida? Después de Codro ¿cuántos no han sido víctimas de esta opinión generosa? Por eso Sócrates, que conocía muy bien el corazón humano, para escitarle á la virtud, no se contentaba con demostrar
que nos hace felices y lleva en sí misma el galardón y recompensa; temia, que mas elocuentes las pasiones, cerrasen los oidos de sus discípulos, para impedir que entrase la verdad, ofreciéndoles algún placer presente; y para hacerlos dóciles y atentos les enseñó el amor de la gloria, y salieron de su escuela los hombres mas grandes de Grecia. Es verdad, que este amor reside muchas veces en los corazones mas corrompidos y viciosos, porque se identifica con la vanidad de tal modo, que es difícil conocerla; pero entonces pierde mucho de su dignidad, y se disipa cpmo el humo: asi ha sucedido con la gloria de tantos que parecían nacidos para ser el azote del linaje humano. Es otra la gloria verdadera: pasó el tiempo en que solo se conocían las pasiones por sus efectos, ya se las analiza y examina con los auxilios de una lógica mas sublime, de una luz verdadera. Siendo el amor de Dios y de los hombres las bases del trono sobre que manda la razón, como demostré en otro tiempo en ocasión semejante á esta, las pasiones que nacen y mueren con nosotros deben servir y ayudarnos para practicar las virtudes, deben obrar como esclavas de la razón: semejantes son á los venenos, que administrados sabia y oportunamente por la Medicina, se convierten en remedios para las enfermedades que antes se creían incurables; por eso el amor de la gloria, aun cuando el pueblo se halle en el estado mas corrompido, contribuye eficazmente á destruir los vicios, valiéndose de la vanidad y del deseo de distinguirse, que tantos males han causado al mundo. Platón en sus Diálogos no vacila para echar mano de los placeres del amor, con el noble objeto de excitar el valor hasta las acciones mas heroicas; Temístocles y Pausanias lo publicaron al frente de sus ejércitos; los Scithas conquistaron la Siria, conducidos por el deseo de poseerla, porque tenia suntuosos palacios, deliciosos licores, mugeres hermosas y bien adornadas; Ciro presentó á sus ejércitos la abundancia de los Reynos vecinos, las riquezas y placeres que disfrutaban, como preció del valor y de la conquista: lograron momentáneamente sus deseos, y fueron víctimas de los mismos principios que adoptaron, se valieron de las pasiones para fomentar su gloria, cuando el amor de esta debe siempre gobernar á aquellas.
No, no es el amor de la muger mas hermosa, no la satisfacción de los placeres, no la posesión de cuanto existe en la tierra lo que causa la felicidad; ¿Despues de haberlo disfrutado todo, queda un vacío que solo puede llenarlo la virtud. La templanza, el amor al trabajo y de la gloria, son las virtudes destinadas á tan grande objeto; la envidia, el celo, el orgullo y la vanidad son las únicas pasiones que pueden ayudarnos útilmente: de ellas es preciso valerse con la moderación que corresponde, haciendo que solo se envidie para imitarle o escederle al que, como Newton, Franklin y Keplero, contribuya á perfeccionar las ciencias exactas; al que, como Jusien y Linneo, clasifique los árboles, arbustos, plantas y gramas ; al que, como Plinio y Buffon, descubra los arcanos de la naturaleza en el reyno animal; á los que hayan hecho descubrimientos útiles á la Agricultura, al Comercio y á las Artes; al que con mas puntualidad y exactitud cumpla con sus deberes; al hombre mas virtuoso. Sea el celo porque se estiendan los conocimientos, ensanchando los veneros de la riqueza pública; el orgullo, para que á nadie cedamos en la diligencia, para aumentar de dia en dia la gloria, el honor, y la prosperidad y riqueza del Reyno; ejecutando los actos con la mayor perfección
, no permitiendo que entre en nuestros corazones otra vanidad que la de emplear todas las horas, todos los momentos que respiramos en beneficio de los hombres; sin que pase un dia en que al descanso no suceda el trabajo constante, conducido por la gloria, moderada por la templanza; porque son las fuentes de la salud, de las ir quezas y de las virtudes; porque arrebatan el tiempo de manos de la ociosidad, del vicio y de las pasiones; porque forman la base de la prosperidad de los Imperios.
Estos son los principios que deben adoptarse para que nos sirvan con utilidad las pasiones, y para que el amor de la gloria consiga de la templanza y del trabajo las ventajas que nos proponemos, procurando no perder de vista que es una virtud sumamente delicada y celosa de sus derechos; la amenaza le irrita, y el temor la apaga en los corazones de todos: no, no es virtud de almas envilecidas, ni de esclavos; solo aspira á la estimación pública, y la opinión general debe ser el premio. Asi la corona concedida á la victoria, la que se daba en el circo y en el campo no tenian diferencia en su valor real; pero la tenian grandísima en la opinión que señalaba el mérito por que se daban. Esta opinión tan estimada del hombre, que para conservarla sacrifica cuanto tiene, fue el medio de que tan sabiamente se valieron los Egipcios para impedir los delitos, estableciendo el juicio llamado de los Muertos: Minos, Licurgo, Seleuco, Garonta y Solón mostraron en Greta, en Esparta, en Locri, en Jurio y Atenas los prodigiosos efectos que nacen de la opinión publica bien manejada: los Romanos mismos establecieron los Censores, y fundando sus decisiones en la estimación general. No busca el pro ni la plata el amor de la gloria; pero hace que la templanza y el amor del trabajo lo proporcionen por medio de la Agricultura , del Comercio y de las Artes, que son los verdaderos manantiales de la riqueza pública; que no corrompen los Estados porque son el fruto de una vida aplicada y laboriosa, que es la que quita el tiempo á las pasiones para entregarla á las virtudes; que estas producen el orden, la paz y la seguridad, y con ellas cuantos bienes pueden prometerse los mortales. Debiéndose todo al amor del trabajo, conducido por el amor de la gloria, moderado por la templanza, justamente se dice que son las fuentes de la riqueza y de la prosperidad general. Permitidme, pues, que concluya con las palabras de Phocion diciendo: No conoce á los hombres el que quiere excitarlos á acciones grandes de otro modo que por una corona de laurel, o una estatua; porque se envilece la virtud cuando se le presenta un precio que la avaricia puede apetecer. HE DICHO.”
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NOTAS
1Del expediente universitario. AHN. Universidades 507, Exp. 136. Existen varios documentos en sus expediente de la Universidad de Alcalá que corresponden a los años: 1797,98,99, 1801,02,03,04,05, entre ellos algunas instancias con su firma.
2 Eliseo López, José. Emigración desde la España peninsular a Venezuela. 5479, Nº25. Caracas, Los Teques. 1999.
3 Archivo Municipal de Bergara. Doc. Azcoita. Carta de Guipuzcoa sobre derecho a sitio..
4 Las tres citas: A.H.N. FONDOS CONTEMPORÁNEOS. MINISTERIO DE JUSTICIA. JUECES Y MAGISTRADOS. EXP. 4859/10265, y en CONSEJOS,12165. EXP.16.
5 A.H.N. Villanueva y Arévalo: Microfilm. Universidades. L 412,folio 100
6 Barcelona Cautiva. Pág 257.
7 En el ARCHIVO GRÁFICO DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE HISTORIA DE LA CIUDAD. BARCELONA, se encuentran ilustraciones de época como la titulada: “Heroísmo de las autoridades de Barcelona el 9 de abril de 1809” de Fontanals, una estampa grabada en 1815 a partir del dibujo del valenciano Antonio Rodriguez. Una pintura recoge la salida del palacio de estas autoridades con una fuerte escolta francesa.
8 Expediente en el A.H.N., Mº. HACIENDA, 516, EXP. 3220.
9 A.H.N. F.C. Mº HACIENDA. 516. Exp.3220.
10 CONSEJEROS DE CASTILLA CATALANES (1788-1834) de Ricardo Gómez Rivero. Universidad Miguel Hernández. Elche.
11Historia político militar de Sevilla, en los primeros años del siglo XIX. B.N. Madrid
12 A.H.N. JUECES Y MAGISTRADOS. EXP. 4859/10265.
13 Iyalian History of the Resorgimento Period. Colecction of H. Nelson Gay. Pag 738. Año 1896.
14 REAL CÉDULA DE S.M. Y SEÑORES DEL CONSEJO por la cual se manda cumplir la declaración hecha por Fernando VII. Imprenta Real. Madrid 1833.
15 Cabrera Bosh. Pág. 103
16 A.H.N. Colección Legislativa, año 1836. Sala general. Real Decreto suprimiendo el Consejo Real de españa e Indias. 28 septiembre de 1836, firmado por el Presidente del Consejo de Ministros, J. Mª Calatrava.
17 Cita de Cózar Navarro.
18 Archivo General Militar de Madrid. Filipinas. Nº 6796. 4-1-10-3. Memoria hecha de Mindanao y redactada por D. Felipe de la Corte y Ruano Calderón, Capitán de Ingenieros, encargado de las Obras.
19 De la Historia de la piratería malayo-mahometana de Mindanao de Montero Vidal: Cuando llega a Mindanao y se hace cargo de la gobernación de la provincia de Misamis, contaba con Juzgado de 1ª instancia, de entrada y Administración de Hacienda de 4ª clase para una población de 120.000 habitantes, diseminados sobre una extensión de 41.77 kilómetros de Norte a Sur y 241.34 de Este a Oeste de la zona costera noroccidental de la isla. Limitaba al Norte y Oeste con el mar de Visayas; al este con Surigao y al Sur con el interior de la isla. Un terreno montañoso y fértil surcado por 18 ríos siendo los principales el Lubugan, Iligan y Cagayán. Con 240 millas de costa desde punta Divata al Este a la punta de Maralag al Oeste. A su demarcación correspondía la isla volcánica de Camiguin al NO. de punta Sipaca y las islas de Zelino, Aliguay y Bautegui. Eran sus puertos: Punta Sipaca la Norte; Quiualang, en la bahía de Iligan, entre Salimbal y Minor y el de Maigo, a la entrada de la ensenada de Misamis. Uno más se encontraba entre las puntas Blanca y Maralag.
20 A.H.N. ULTRMAR. 5155. Exp.13
21 Cita de I. Mindanao. A. Santayana.
22 Guia de Forasteros de las islas Filipinas. Año de 1850. Los pueblos de la Provincia de Misamis y sus habitantes eran: Cagayan 6050. Iponan 2550. Gusa 505. Agusan 775. Jasaau 1527. Tagoloan 1395. Santa Ana 729. Balingosac 1442. Lagonlong 505. Salay 727. Quinouitan 1377. Cataarman 6512. Mambajao 2047. Sagay 1941. Maginog 1170. Guinsiliban 895. Iligan 1874. Molugan 565. Initao 922. Naauan 205. Alubijid 987. Pigtao 700. Misamis 3332. Locolan 1205. Gimenez 360. Dapitan 4343. Ilaya 1710. Langaran 382. Lubungan 765. Dipolo 982. Los sitios de Infieles donde se nombraban ministros de justicia eran Dicayo 310. Piaoc ó Minan 224. Talisayan ó Sipanan 366. Aloran 278. Layaguan 360 y Lobó con 670 habitantes respectivamente haciendo un total de 50.687. Gefe: léase D. José Villanueva
23 De Memorias históricas. Rafael Díaz Arenas: “En las Gacetas de Madrid venidas por correo de Mayo está el parte oficial que se insertó en el Diario de 24 de Agosto de 1830, referente a las columnas que salieron del Abra y Nueva Vizcaya, con objeto de reconocer el país infiel que existe entre ambas provincias de Cagayan e Ilocos Sur, siendo el resultado que todos los pueblos de aquellos montes e excepción de uno que opuso resistencia y fue preciso castigar, se sometieron a la obediencia del Gobierno, recibiendo el bastón de gobernadorcillos los tres ancianos de mas prestigio de los valles de Río Pasig. El Alcalde Mayor de Misamis con fecha 15 de Agosto de 1850 da parte de haber entregado la bandera de reducción al dato gobernadorcillo, ministros de Justicia y mas de sesenta sacopes del sitio de Dagundanjalon, donde habían levantado pueblo.”
24 Cita de Jolo. A. de Pazos.
25 A,H,N. ULTRAMAR. Legajo 5163. Exp.28
26 Esta Sociedad fue creada por Real orden de 27 de agosto de 1780. Suspendió sus sesiones y trabajos a fines del mismo siglo y volvió a establecerse años más tarde de forma definitiva el 8 de marzo de 1830.
27 Guía de Forasteros para 1840. “Los Alcaldes mayores nombrados por el Superior Gobierno servían en sus cargos por 3 años y por 6 años si obtenían el real nombramiento. Pagaban en el primer caso por razones de media annata 118 pesos y en el segundo 283. Un real y 3 granos con deducción de la cantidad satisfecha en el número”.
28 A.H.N. ULTRAMAR. Leg. 5166. Exp.13)
29 Real Academia de la Historia. Caja 321. Nº 7368.
30 A.H.N. Estado. Orden Carlos III. Leg. 7397. 1858.
31 Gobernadores de las islas Filipinas en la época de José Villanueva:Narciso Clavería y Zaldua, natural de Gerona, desde el 16 de junio de 1844 hasta el 26 de diciembre de 1849. Antonio María Blanco, gobernador interino. desde el 26 de diciembre de 1849 hasta junio de 1850. Antonio de Urbistondo y Eguía, natural de San Sebastián, desde el 29 julio de 1850 hasta el 20 diciembre 1853.Ramón Montero Gobernador interino desde el 20 de diciembre de 1853 hasta el 2 febrero de 1854. Manuel Pavía y Lay. Marqués de Novaliches, gobernador desde el 2 febrero al 28 octubre de 1854. Ramón Montero Gobernador interino por segunda vez, desde el 28 de octubre de 1854 hasta el 20 noviembre 1854. Manuel Crespo y Cebrián, natural de Extremadura, Gobernador desde el 20 de noviembre de 1854 hasta el 05 de diciembre 1856. Ramón Montero se convierte en gobernador por tercera vez, desde el 5 diciembre de 1856 hasta el 9 de marzo de 1857. Fernando Escudero y Norzagaray, natural de San Sebastián, Gobernador desde el 9 de marzo de 1857 hasta 2 de enero de 1860. Ramón María Solano y Llanderal, natural de Valencia, gobernador interino, 12 de enero de 1860 hasta el 29 agosto de este mismo año en que fallece. Juan Herrera Dávila gobernador (interino), desde 29 de agosto de 1860 hasta 29 agosto 29 del mismo año y en posesión hasta el 2 de febrero de 1861. José Ibarrola Lemeryé y Ney Gonzalez, gobernador, desde el 2 de febrero de 1861 al 7 de julio de 1862. Salvador Valdés gobernador interino desde el 7 de julio de 1862 al 24 de marzo de 1865.
FIN